En 2022, EL JUZGADO NÚMERO 1 DE CÓRDOBA YA FALLÓ A FAVOR DEL CONSISTORIO

El TSJA da la razón al Ayuntamiento de Puente Genil en el litigio de la gestión del agua por Aqualia

El tribunal desestima la petición de prórroga tácita del convenio planteada por la empresa

Esteban Morales, portavoz socialista y exalcalde de Puente Genil.

Esteban Morales, portavoz socialista y exalcalde de Puente Genil. / CÓRDOBA

Virginia Requena

Virginia Requena

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha vuelto a dar la razón a la actuación del Ayuntamiento de Puente Genil, en un litigio iniciado bajo el mandato de Esteban Morales (PSOE), y en contra de la prórroga tácita a la que apelaba la concesionaria del servicio de aguas, Aqualia.

La empresa lo que pedía era la prórroga por 5 años más a cambio de la ejecución del nuevo depósito de agua. Sin embargo, el equipo de Gobierno (PSOE - Cs), declaró la extinción (por el transcurso del plazo) del contrato (con «Aqualia») de gestión del servicio público de abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas en el municipio de Puente Genil.

El centro del litigio es esencialmente de carácter jurídico y estriba en el hecho de si el contrato de autos, formalizado en 1996 y prorrogado expresamente en 2013, experimenta o no la prórroga tácita prevista en sus estipulaciones al no manifestar el Ayuntamiento la oposición a la misma en el plazo correspondiente.

La concesionaria admitió que las prórrogas tácitas de los contratos administrativos quedaron excluidas o prohibidas a partir de la modificación de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, pero sostuvo que ese cambio normativo no afecta (al no ser retroactivo) a contratos anteriores como el firmado con el Ayuntamiento de Puente Genil. Y de ahí que defendiera que la prórroga expresa de 2013 no supuso novación significativa (a estos efectos) del contrato original, apelando al principio de libertad de pactos, que postule la declaración de la prórroga tácita producida, con las respectivas consecuencias.

Por su parte, el Ayuntamiento, bajo distintas perspectivas, mantenía y reiteraba que la previsión en el contrato sobre prórroga tácita era nula e inaplicable. Tanto el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Córdoba, en una sentencia de 2022 como el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ahora, dan la razón a la decisión adoptada por el Ayuntamiento.

Reacción del exalcalde

Ante esta sentencia, el entonces alcalde, Esteban Morales, apuntó que "se acabó" el asunto judicial, pero sí ha recordado el revuelo, "y discusión por parte del Izquierda Unida, quien dijo que este suponía un quiebro económico". Y ha señalado que el actual también portavoz, Jesús David Sánchez, "defendió a una multinacional", asegurando que "la prórroga tácita estaba en el contrato".

Por su parte, el PP y el actual alcalde, Sergio Velasco, rememora Morales, "me acusó" por sus vagos conocimientos jurídicos a pesar de ser abogado. El actual portavoz socialista le plantea ahora a Velasco "el por qué no preguntaron incluso a la abogada que tenían en su grupo, por qué se fiaron de Aqualia, ¿quizá para castigar al Gobierno en precampaña electoral a sabiendas de que no llevaban razón?", planteó.

Concluyó diciendo que "lo bueno del tiempo y la Justicia es que pone a cada uno en su sitio, como ahora comprobamos". Aseverando Esteban Morales que "el Ayuntamiento de entonces fue el único que defendió los intereses de Puente Genil, otros defendieron otros intereses y en su conciencia lo han de llevar".

A juicio del exalcalde, "el hecho indudable es que los socialistas obramos bien y en ellos ponemos los interrogantes que correspondan", concluyó.