La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la condena a una mujer que esquilmó la cuenta bancaria de la anciana que cuidaba en Montilla. Así lo notificó la sección de Apelación Penal que, tras estimar «parcialmente» el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la acusada, la condena, no obstante, a nueve meses de prisión por un delito de administración desleal.

Tal y como se detalla en la sentencia, los hechos se remontan al 2015, cuando la ahora condenada, vecina de Montilla, acogió en su domicilio a una octogenaria que acababa de enviudar y con la que tenía «relaciones de parentesco lejanas», con el objetivo de prestarle labores de cuidado.

Tras ello, ambas mujeres acordaron abrir una cuenta bancaria para la administración del dinero de la anciana que, hasta su cancelación en el 2017, llegó a acumular un saldo de, al menos, 54.669 euros. Sin embargo, en el momento en el que la afectada decidió cancelar la cuenta, el saldo final apenas alcanzaba los nueve euros.

Por este motivo, la administradora del patrimonio de la afectada fue condenada el pasado mes de marzo, como autora de un delito de administración desleal, a un año de prisión y a una multa de seis meses, con una cuota diaria de 10 euros, con arresto sustitutorio en caso de impago. 

A su vez, la sección tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba obligó a la acusada a indemnizar a su pariente con la cantidad de 24.568 euros más los intereses.

Frente a esta primera sentencia, la defensa de la acusada interpuso un recurso de apelación que ha sido parcialmente atendido con una rebaja de condena.