Junta de gobierno local
La curiosa sentencia que obliga al Ayuntamiento de Córdoba a pagar una indemnización, pero que también culpa a la víctima
El juez estima que había un elemento en la calle que estaba en mal estado, pero también considera falta de cautela por parte de la perjudicada
![El espacio donde se cayó la mujer es el aparcamiento que hay justo enfrente del centro de salud de Levante Sur.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/7101a385-0d47-472e-b036-eba873404e15_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
El espacio donde se cayó la mujer es el aparcamiento que hay justo enfrente del centro de salud de Levante Sur. / MANUEL MURILLO
La junta de gobierno local del Ayuntamiento de Córdoba ha tomado conocimiento este lunes de una sentencia dictada por el juzgado de lo Contencioso-Administración número 1 de Córdoba. En su resolución, el juez obliga al Ayuntamiento a indemnizar a una mujer que se cayó en la zona de Sagunto, pero solo tendrá que pagar la mitad de lo que pedía la víctima al entender que esta también tuvo algo de culpa en el suceso.
Según reza la sentencia, los hechos tuvieron lugar en marzo de 2023, en el espacio que conecta Sagunto con la Biblioteca Central, donde se ubica el centro de salud de Levante Sur y que sirve de aparcamiento. La mujer se cayó al cruzar entre dos coches que estaban aparcados y el desliz tuvo que ver con la falta de una rejilla de una canaleta de desagüe.
![Fachada del Ayuntamiento de Córdoba.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/684d23fe-a673-4043-9040-5f0c619bbe36_alta-libre-aspect-ratio_default_0.jpg)
Fachada del Ayuntamiento de Córdoba. / ARCHIVO / CÓRDOBA
El Ayuntamiento decía que el obstáculo era visible
En su negativa a indemnizar a la mujer, el Ayuntamiento alegaba que el obstáculo era visible y que ella vivía muy cerca de la zona por lo que entendía el Consistorio que era "perfectamente conocedora" del lugar. También se decía desde el Ayuntamiento que era innegable la falta de la rejilla, pero que la misma se encontraba en la zona de aparcamiento, no en la de paso de los peatones.
Ante esto, el juez entiende como peatonal toda la zona y también ve lógico que la mujer acortara entre los coches. Además, se pregunta directamente que "¿quién se va a acordar de que hay un obstáculo a determinada altura del espacio amplio que se comenta, al introducirse entre dos vehículos aparcados que impiden verlo más que casi una vez ya sobre el mismo?".
Una cautela que debe aumentar en ciertas ocasiones
Pero el titular del juzgado llama la atención a la víctima, diciendo que precisamente por cruzar por un espacio estrecho entre coches "la cautela estándar de todo peatón o viandante debía acentuarse o aumentarse".
Por todo ello, el juez estima que el accidente tuvo lugar por una "conjunción de causas", por un lado, la anomalía de la calle y, por otro, la distracción de la perjudicada, es decir, un 50%-50%. El Ayuntamiento tendrá que pagar la mitad de lo que se le pedía, en este caso, algo más de 6.000 euros.
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