TSJA

Confirman la cárcel para una acusada del secuestro y la violación de una niña en Córdoba

La madre del menor con el que casaron a la niña recurrió la sentencia de la Audiencia provincial

En total, seis procesados fueron condenados a 65 años de prisión por estos hechos

Instalaciones de la Ciudad de la Justicia.

Instalaciones de la Ciudad de la Justicia. / A. J. GONZÁLEZ

Pilar Cobos

Pilar Cobos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la condena a 17 años y medio de cárcel impuesta por la Audiencia provincial de Córdoba a una de las acusadas de violar y comprar a una niña en la ciudad de Córdoba en marzo de 2021. En concreto, la procesada que ha recurrido la sentencia es la madre del menor con el que la víctima, de 12 años de edad, fue obligada a casarse.

La madre y una tía del chico, así como la madre de la niña, fueron condenadas por la sección tercera de la Audiencia a 17 años y medio de cárcel por la agresión sexual y por un delito de trata de seres humanos. Otros tres hombres, que son las parejas y el hermano del menor implicado, tendrán que cumplir penas que suman 12 años y medio de prisión por el delito de trata.

Como se recordará, la menor convivía con su familia en un asentamiento de la capital y fue obligada a casarse con otro menor para saldar una deuda de 4.000 euros que su madre y la pareja de esta tenían con los tíos del chico. Según recoge el fallo judicial como hechos probados, la madre del chico pagó esa deuda a cambio de casar a la niña con su hijo y trasladarla a su vivienda en La Coruña, donde la localizó la Policía de Córdoba.

En sus fundamentos de derecho, la sentencia del TSJA recoge que la víctima, "de manera invariable, ha relatado a lo largo del procedimiento la tormentosa secuencia de los diferentes episodios que la llevaron desde Córdoba a La Coruña, en un sacrificio inasumible para una niña en post de antediluvianas y ya superadas costumbres étnicas, del todo reprochables en una sociedad democrática y avanzada".

A esto añade otras ideas como que "el reconocimiento de los hechos por parte de la hoy recurrente, al igual que el resto de acusados, unida a la declaración de la víctima, avalada por las conclusiones del informe pericial, constituyó prueba suficiente para que el tribunal de instancia tuviera por destruida la presunción de inocencia". También alude a la "salvaje comprobación de la virginidad de la niña". El fallo puede ser recurrido en casación ante el TSJA.