El tribunal del caso Minutas ha rechazado mandar a prisión provisional sin fianza al presidente del Sevilla Fútbol Club, José María del Nido, al exalcalde de Marbella Julián Muñoz y a los otros siete condenados en este proceso al entender que, al contrario de lo que pidió la Fiscalía Anticorrupción el lunes, ni son reincidentes ni hay un gran riesgo de que huyan. En principio, la fiscalía solicitó la vistilla de medidas cautelares --habitual en casi todos los procesos tras una condena-- para que la causa tuviera preso y así el Tribunal Supremo, ante los recursos anunciados por la acusación pública y las defensas, resolviera mucho antes las alegaciones. Ya con un fallo firme, la ejecución de lo dictaminado por la Audiencia Provincial sería automática.

La Audiencia condenó a siete años y medio de cárcel por fraude en concurso con malversación y prevaricación a Del Nido y a Muñoz. El exapoderado de las sociedades municipales Modesto Perodia y el exedil Esteban Guzmán Lanzat fueron castigados a seis años y cuatro meses y a seis años, respectivamente. Roca, a cuatro años, y hubo otros cuatro acusados sentenciados a dos años de prisión.

PETICION DE CARCEL El fiscal pidió en la vistilla el ingreso en prisión provisional sin fianza de Del Nido, Muñoz, Perodia, Guzmán y Roca, o, por el contrario, que se les impusieran fuertes fianzas (de 500.000 euros a los dos primeros, y de 300.000, 250.000 y 100.000, respectivamente, a los tres últimos), amén de que comparecieran cada 15 días en la Audiencia y se les retirara el pasaporte. Para los castigados a dos años, Anticorrupción propuso la comparecencia quincenal y la retirada del pasaporte.

Sin embargo, la sala no ha accedido a nada y mantiene la situación en la que se encontraban los acusados, fijada en el auto de apertura de juicio de julio del 2009. Ni siquiera se les impone una fianza. El tribunal, cuyo presidente es Carlos Prieto, asegura que la petición del fiscal se basa en evitar el riesgo de fuga y la posibilidad de que reincidan en conductas delictivas. De hecho, el acusador público Francisco Jiménez Villarejo aseguró que Del Nido debía ir a la cárcel para que no volviera a delinquir en otro consistorio. "Solo cuando se pruebe que un condenado es un probable reincidente o prófugo se deben adoptar medidas cautelares", dice el órgano colegiado.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial reconoce que hay "indicios válidos" y que las penas son superiores a dos años, pero el fiscal no ha probado "acciones elusivas" de los condenados que justifiquen la prisión hasta que el Supremo revise el fallo. "Es válido el argumento de las defensas: los condenados no han tenido causas penales abiertas por hechos posteriores a la fecha en que abandonaron su relación con el Ayuntamiento de Marbella, hace más de ocho años; y en la actualidad ninguno de ellos se encuentra en situación de repetir las conductas delictivas por las que se les ha condenado", aclara la sección.

El riesgo de huida "siempre existe pero no justifica que en todo caso deba imponerse la prisión provisional". Indica el tribunal que ni siquiera durante el juicio han pedido prisión provisional las acusaciones. El exedil Esteban Guzmán, ahora en Cuba visitando a su hija, "ha dado el primer síntoma de rebeldía".

Las medidas impuestas son las que ya tenían: obligación de comparecer cuando se les requiera, comunicar el domicilio para notificaciones y el deber de informar sobre salidas del país. A Guzmán se le exige que comparezca antes de cinco días ante la Audiencia; si no lo hace, se decretará su busca y captura.

Por otro lado, Del Nido ha elegido al prestigioso exmagistrado de la Audiencia Nacional José Antonio Choclán, según fuentes del caso, para que elabore el recurso de casación que se interpondrá en el Supremo.