SEQUÍA

La CHG recibe un centenar de cesiones de derechos de riego

El 90% de los expedientes están aprobados, casi todos en positivo por la Confederación

El volumen de agua solicitada en la cuenca del Guadalquivir supone 30 hectómetros cúbicos

Regadío en una finca agrícola de Córdoba, en una imagen de archivo.

Regadío en una finca agrícola de Córdoba, en una imagen de archivo. / A.J. GONZÁLEZ

Europa Press

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, organismo dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha recibido para su autorización 106 contratos de cesión de derechos de riego, que suponen un volumen de 30 hectómetros cúbicos de agua solicitado.

Todas las solicitudes están ya resueltas a excepción de once que están pendientes de subsanación por parte de los titulares, pero que en su mayoría se prevé que concluyan en sentido favorable, y dos denegadas al estar el cedente en una zona que no recibe agua directamente de desembalse, según detalla la Confederación.

Esto supone que el 90% de los expedientes presentados están ya resueltos y que el 97 % del volumen de agua cedida está autorizada. La mayoría de los contratos provienen de la zona arrocera de la cuenca del Guadalquivir, que dada la situación de sequía y la escasa dotación concedida no han podido cultivar arroz este año.

De los contratos formalizados, quince no contemplan compensación económica y en el resto oscila entre los 0,15 euros por metro cúbico a 0,53 euros por metro cúbico, estando fijada en la mayoría de ellos a 0,24 euros por metro cúbico. Esta compensación se fija de mutuo acuerdo entre contratantes, sin mediadores.

Los contratos de mayor volumen de agua han tenido como receptores a las Comunidades de Regantes del Valle Inferior del Guadalquivir, del B XII del Bajo Guadalquivir, de la Zona Regable del Genil-Cabra, del Bajo Guadalquivir, del Canal Margen Izquierda del Genil y de Fuentepalmera.

El 70% de los contratos se presentaron hace menos de un mes, lo que ha supuesto una punta importante de carga de trabajo en la Comisaría de Aguas de la CHG para en esta situación de grave sequía atender las demandas de los usuarios, con la máxima eficacia y rapidez pero con las garantías jurídicas necesarias.

La CHG destaca la colaboración y coordinación entre administraciones, con la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía y con el Ministerio de Agricultura, a las que por disposición legal se les ha solicitado el correspondiente informe preceptivo. Esta cooperación ha permitido a la CHG emitir en tiempo y forma las resoluciones para dar seguridad jurídica a los contratos de cesión, y cabe recordar que el texto refundido de la Ley de Aguas establece el plazo de dos meses.

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir puso de relieve que estos contratos son una herramienta jurídica recogida en el texto refundido de la Ley de Aguas y utilizada con normalidad en situaciones graves de sequía en España. Este instrumento regulado en el ordenamiento jurídico español se ha contemplado así en los decretos de sequía que se han publicado al amparo del artículo 58 del Texto refundido de la Ley de Aguas.

El contrato de cesión nace como mecanismo ante episodios de escasez y sequía que permitan garantizar una mejor reasignación de los recursos disponibles y flexibilizar el régimen concesional optimizando el uso del agua, actualmente tan escaso. Así, esta figura siempre se ha venido aplicando para que, en situaciones de escasez coyuntural, las comunidades de regantes puedan ponerse de acuerdo y cederse los derechos de riego unas a otras. Es una medida operativa que se puede aplicar en cualquier situación, pero que cobra especial relevancia en situaciones de escasez de agua ya que flexibiliza oferta y demanda.