La Consejería de Agricultura, y Desarrollo Sostenible recuerda que durante el período de alto riesgo de incendios forestales, comprendido desde el 1 de junio hasta el 15 de octubre, está prohibido el uso del fuego y la circulación de vehículos a motor en los espacios forestales y de influencia forestal; es decir, en aquellos terrenos ubicados en una franja de 400 metros alrededor de estas zonas. En cuanto al fuego, la prohibición incluye tanto las quemas agrícolas como la realización de barbacoas, incluso en las áreas recreativas.

Entre las excepciones a esta orden, que deben contar siempre con la aprobación previa de la delegación territorial de la provincia correspondiente, pueden encontrarse la preparación de alimentos en campamentos infantiles y el uso de calderas de destilación, hornos de carbón y piconeo. Asimismo, también podrían realizarse barbacoas en establecimientos de alojamientos turísticos y en restaurantes rurales que, en ambos casos, estén previamente autorizados para ello.

Respecto al tránsito de vehículos a motor, entre los pocos casos contemplados como excepcionales se encuentran, por ejemplo, el uso de las servidumbres de paso, los servicios de emergencia o extinción de incendios y las actividades ecoturísticas autorizadas.

Las altas temperaturas registradas en Andalucía durante las últimas semanas, especialmente entre el 16 y el 22 de mayo, han elevado el estrés hídrico de la vegetación y, por consiguiente, han aumentado el riesgo de incendio forestal.

Desde la dirección operativa del dispositivo Infoca se solicita la colaboración ciudadana para dar aviso en el momento en que se vislumbre cualquier atisbo de fuego.