La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo informó ayer de que ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Cajasur Banco contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba que confirmó, en mayo del 2013, la dictada por el Juzgado de lo Mercantil, que obligaba a Cajasur a eliminar las cláusulas suelo que fijaban un interés mínimo del 3% y el 4% (con techo en el 12%) en sus préstamos.

En aquel momento, este banco estimó que la medida afectaba a unas 20.000 hipotecas aunque la asociación Ausbanc, que planteó la demanda en el año 2010, calculó que eran unas 40.000 las familias que no se estaban beneficiando de la bajada del Euríbor. No obstante, como recordaron ayer fuentes de la entidad, Cajasur comenzó a aplicar esta sentencia en noviembre del año 2013, por lo que la decisión del alto tribunal no tendría efecto en la actualidad.

De este modo, hay que recordar que la retirada de estas dos cláusulas suelo fue materializada después de que el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba dictara un auto en el que obligaba a Cajasur a hacerlo de forma provisional, sin esperar a que el Supremo se pronunciara sobre su recurso.

A raíz de esta medida, la entidad realizó distintas acciones en la plantilla --como una regulación temporal de empleo que finalizará este año-- con el objetivo de ahorrar 26 millones de euros.

El Supremo anunció ayer su decisión a través de un comunicado que fue recogido en distintos medios de comunicación y avanzó que dará a conocer su nueva sentencia cuando esté redactada y firmada. En su recurso, Cajasur pretendía que modificara su doctrina sobre la nulidad de las cláusulas suelo por abusivas. (Más información, en la página 34).