El Gobierno andaluz apenas ha tardado 24 horas en anunciar que presentará un recurso ante el Tribunal Supremo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anula el sistema de acceso a la función pública del personal sin opositar. "No compartimos los argumentos de la sentencia", confirmó ayer el presidente José Antonio Griñán. De momento, el fallo del TSJA afecta sólo al trasvase de 534 trabajadores del extinto Instituto de las Artes y las Letras que se integraron en la nueva Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, tras aprobarse la ley de reordenación del sector público. Sin embargo, hay unos 23.000 trabajadores con contratos privados que fueron integrados en alguna de las ocho macroagencias públicas que surgieron de la reforma.

El sistema de acceso de esos empleados, recogido en la disposición adicional segunda del decreto que regula cada una de las ocho agencias, es el mismo para todos. De manera que el fallo del TSJA podría propiciar la caída, en efecto dominó, de todo el personal que "no ha accedido a la administración por el sistema legalmente establecido".

Es pronto para saberlo, porque el recurso que la Junta ha elevado al Supremo postergará esa hipótesis al menos un año. Entretanto irán conociéndose las resoluciones judiciales de los 27 recursos que las plataformas de funcionarios han presentado en contra de la ley de reordenación, de los decretos que la desarrollan y de los protocolos de integración del personal. Los funcionarios esperan que todos les sean propicios, ya que el fallo del Alto Tribunal andaluz ha sentado un precedente.

La Junta recurrirá porque considera que la sentencia se sustenta en argumentos jurídicos irreales. Los jueces dan por hecho que esos empleados con contrato privado integrados en la administración tendrán los mismos derechos que un funcionario y podrán desempeñar las mismas funciones. La misma ley niega explícitamente esta posibilidad, como recordó el Gabinete jurídico de la Junta para defenderse del recurso. El problema es que el TSJA cree que el matiz que añade la ley "es una obviedad" y no significa nada. Aunque la ley del sector público le niegue unos derechos a esos empleados sin oposiciones que entraron en la administración, el simple hecho de haber sido integrados por una agencia pública les confiere un derecho reconocido en la Constitución. "Se convierte a este personal automáticamente en personal laboral de la Agencia con acceso directo a la Administración de la Junta y con atribución de potestades y funciones públicas", dice el fallo. Justo lo que denunciaban los funcionarios: que la reforma vulneraba los principios de igualdad, mérito y capacidad para acceder a una plaza pública. La Junta se acoge al Estatuto Básico del Empleado Público, que regula la potestad de la administración de gestionar su personal, pero el TSJA cree que la reforma vulnera dos derechos fundamentales de la Constitución. La reforma, dice el fallo, "quiebra el principio de igualdad y es un desprecio al Estado de derecho". PP e IU exigieron ayer a la Junta que rectifique la reforma del sector público, en vez de zambullirse en "otro recurso".