El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1, de Montoro, ha absuelto a Miguel Millán de un delito leve de lesiones presentado por Concepción Jurado en septiembre del 2016. Según recoge la sentencia, en los hechos probados «no ha quedado debidamente acreditado que, sobre las 12.30 horas del 6 de septiembre de 2016 Miguel M.L. zarandeara y propinara empujones a Concepción Jurado cuando ésta se personó en la mercantil Tamisof, sita en el polígono industrial Camino de Morente, de Montoro».

A este respecto, según la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, «el relato de los hechos proporcionado por la señora Jurado, si bien ha sido coincidente en el tiempo, desde su denuncia inicial hasta el día del juicio, el mismo fue prestado con fisuras y ciertas ambigüedades. Y es que alegó que el denunciado la habría zarandeado y le habría propinado un primer empujón sin que existieran testigos de que casi se cae por las escaleras. Posteriormente recibiría un segundo empujón presenciado por el socio del denunciado, Juan Soto, a quien, sin embargo, no propuso como testigo». Los hechos denunciados fueron negados por Millán, quien sí reconoció enfrentamiento verbal entre las partes, negando haber cometido físicamente a la denunciante. Asimismo, la sentencia recoge que «su testimonio aparece avalado por el del testigo Manuel Soto Caro, quien es amigo del denunciado, «cuyo relato ha resultado ser verosímil y contundente». Éste afirmó haber escuchado la discusión y presenciar como la denunciante y el denunciado bajaban a la planta inferior por las escaleras sin que hubiera existido agresión física alguna.