El Real Decreto 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, introdujo una modificación legal para posibilitar de forma inmediata la sustitución de las operaciones de préstamos formalizados por los ayuntamientos con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, que, como excepción a lo dispuesto en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, "durante el 2014 las entidades locales podrán concertar nuevas operaciones de endeudamiento para cancelar parcial o totalmente su deuda pendiente con ese fondo para financiar el pago a proveedores.

El gobierno municipal se ha acogido a esa excepción porque, según Bellido, el Ayuntamiento ha cumplido los objetivos que marcaba ese decreto: periodo medio de pago a proveedores (24 días), la estabilidad presupuestaria (16 millones), las reglas de gasto, el ahorro neto (4% positivo) y la deuda (91%), en este último caso mediante la elaboración de un plan de deuda para reducirla al 70% de los ingresos corrientes municipales.