La Fiscalía de Alicante se ha opuesto a la impugnación planteada por Miguel López al juez designado para el nuevo juicio por el asesinato de María del Carmen Martínez, según han confirmado a este diario fuentes del Ministerio Público. El fiscal ha presentado un informe respaldando que sea José María Merlos el magistrado que presidirá el tribunal popular y no ve motivo alguno para la impugnación planteada por la defensa de López. A su juicio, el propio Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ya se pronunció en su día cuando rechazó la abstención que planteó el propio Merlos y no se han dado nuevas circunstancias que supongan el adoptar ahora una decisión distinta. Por su parte, desde la acusación particular que ejerce Vicente Sala, hijo de la mujer asesinada, a través del abogado Francisco Ruiz Marco, la postura es la de no plantear objeción alguna a que el magistrado sea Merlos y le es indiferente la recusación planteada por la defensa.

Como ya publicó el este diario, el Tribunal Supremo acordó el pasado mayo anular el primer juicio a Miguel López por la muerte a tiros de su suegra, la viuda del expresidente de la CAM Vicente Sala, un asesinato cometido en el negocio de automoción que regentaba el acusado. El motivo de la nulidad fue la negativa de la magistrada que presidió el jurado, Francisca Bru, a entregar a las partes el acta de un primer veredicto de culpabilidad y que fue rechazado por la juez alegando falta de motivación. El segundo veredicto declaró a López inocente, encontrándose las acusaciones con que el primero había sido destruido y por tanto no se les dio la opción de poder fiscalizar si la primera motivación rechazada era correcta o incorrecta. Motivo por el cual, el Alto Tribunal ordenó la repetición del juicio con un nuevo jurado y un nuevo magistrado, para el que todavía no se puede aventurar una fecha, dado que aun sigue abierto a qué juez de la Audiencia le tocará presidir al jurado.

El propio Merlos planteó en su día su abstención alegando que había tenido dos intervenciones previas en el proceso que, a su juicio, podrían invalidarle para juzgarlo. En la primera, formaba parte del tribunal que iba a resolver el recurso de apelación contra la orden de prisión de López, quien estuvo encarcelado preventivamente durante 39 días durante la investigación del asesinato. Este recurso no se acabó resolviendo porque el abogado que entonces llevaba la defensa lo acabó retirando. La segunda intervención cuestionada fue que también formó parte del tribunal que resolvió el recurso que contra la excarcelación de López presentó la acusación particular.

El magistrado José María Merlos en una fotografía de archivo. J. A. Martínez

Para el TSJ, ninguna de estas dos actuaciones justificaban que Merlos fuera apartado del caso. Los magistrados comprendían que el juez tuviera "especial inquietud en que las partes pudieran ver comprometida su apariencia de imparcialidad (...). Pero si bien se mira, esta decisión la han de tomar las partes y formular, en su caso, la oportuna recusación. No cabe abrazarla judicialmente a título preventivo. Entre otros casos, porque la imparcialidad se presume y por ello y, con mayor motivo, la duda que se exprese ha de ser objetiva y legítimamente justificada", decía el auto. Los magistrados de la Sala de lo Civil y de lo Penal sentenciaron que "el peligro de prejuicio o predisposición previa se nos presenta muy lejano e incluso inexistente".

Tras esta resolución, la defensa de López consideró que sí existían causas para apartar al juez del caso y designar a otro. El hecho que fuera el propio Merlos quien planteara su abstención "exteriorizaba un dato objetivo", que podía entenderse al menos externamente que el magistrado carece de la necesaria apariencia de imparcialidad, más si cabe cuando la abstención realizada deja en el aire el sentimiento de haber perdido la imparcialidad (...) que debe quedar garantizada como pilar fundamental de nuestro sistema de Derecho, más aun debe hacerlo en el procedimiento judicial de jurado donde el magistrado-presidente además de la dirección del juicio, instruirá a los jurados, legos en Derecho, mediante las concretas instrucciones sobre sus funciones", planteaba el letrado Javier Sánchez-Vera.

Tras la recusación planteada por la defensa de López, la Audiencia ha pedido a las partes que se pronuncien sobre la petición. Y ahora será de nuevo la Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJ quien se tenga que pronunciar de nuevo en una decisión contra la que no habrá posibilidad de recurso Las incertidumbres sobre quién será el magistrado que presida el tribunal de jurado hacen que difícilmente se pueda anticipar una fecha para el juicio. Sobre la mesa, la sección de jurado de la Audiencia tendría capacidad para señalarlo antes de que acabe este año, pero todo va a acabar dependiendo de la agenda que tenga el magistrado. Entre tanto, están llegando nuevas causas, algunas de ellos con preso, por lo que necesitan ser juzgadas con urgencia.