El Tribunal Supremo ha fallado en contra de la Junta de Castilla y León en lo referente al toque de queda, impuesto a las ocho de la tarde desde el mes de enero. El alto tribunal da así la razón al Gobierno, que defendía que la restricción del horario de movilidad nocturna no podía establecerse antes de las diez de la noche. La medida de la Junta, así las cosas, queda suspendida, según la información adelantada por el diario El Mundo.

Para luchar contra la propagación del covid la Junta de Castilla y León aprobó, a partir del 16 de enero, la restricción de la movilidad nocturna desde las ocho de la tarde. La administración regional aseguró entonces que a las ocho ya es de noche y que el decreto del estado de alarma permitía a las comunidades restringir la movilidad en horario nocturno. "La noche es desde el ocaso hasta el amanecer y el ocaso se produce a las ocho", argumentaba Francisco Igea hace un mes.

La hora no recibió el aval del Ministerio de Sanidad, que se amparaba en que el decreto permite restringir la movilidad entre las diez de la noche y las siete de la manaña, pero no permite salirse de ese abanico horario. El Supremo ha dado la razón al Ejecutivo, lo que supone un duro varapalo judicial para la Junta.

Hasta el momento. la Guardia Civil y la Policía Nacional habían formulado 74 denuncias en Zamora por incumplir el toque de queda de las 20.00 horas, ahora finalmente suspendido en toda Castilla y León por el Tribunal Supremo.