La broma de Juan y Medio a su compañera de programa, a la que cortó el vestido con unas tijeras en directo, fue una “conducta antijurídica” porque “claramente fomenta una imagen no igualitaria y estereotipada de la mujer que la legislación no permite”. Sin embargo, el Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) entiende que no se puede sancionar porque “no constituye ninguna infracción de las tipificadas como tal en la Ley General de Comunicación Audiovisual”.

El órgano audiovisual abrió expediente ante las numerosas quejas formuladas por el trato denigrante ofrecido a la periodista. Casi tres meses después del incidente, resuelve el asunto asegurando que en el transcurso de la broma “se emplearon recursos ilícitos en el ámbito audiovisual como la utilización de un lenguaje sexista, la cosificación de la mujer, su presentación bajo una óptica sexualizada y la focalización sobre las partes íntimas”. Y reprocha el riesgo, ante una la audiencia más joven, de “banalizar o frivolizar” con comportamientos contrarios a la igualdad género.

En este sentido, el CAA subraya que no se pueden imponer sanciones porque “no se ha configurado hasta la fecha un régimen sancionador en las leyes de igualdad y contra la violencia de género”, por lo que insta a ello a los poderes públicos. Asimismo, conmina a la televisión pública andaluza a “adoptar las medidas correctoras necesarias para que en el programa 'La tarde, aquí y ahora' no se difundan contenidos que promuevan la discriminación y vulneren los derechos de la mujer (…) y se cumpla con la función de servicio público con respeto escrupuloso a la normativa vigente y a su carta de servicio público”.