La Fiscalía del Tribunal Supremo ha informado en contra de la apertura de una causa penal en el Tribunal Supremo contra el presidente del PP, Pablo Casado, por los delitos de prevaricación y cohecho impropio por el máster que cursó en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (URJC) en el curso académico 2008-2009. El teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, sostiene en su escrito que abrir un procedimiento contra él sería "meramente prospectivo", porque "no existen indicios de la responsabilidad penal del aforado, ni ha quedado acreditado de forma alguna, ni siquiera indiciaria", que se concertara con los otros imputados.

La Sala lo Penal del Tribunal Supremo pidió informe al ministerio público en relación con la exposición razonada contra el líder del PP que elevó el pasado agosto la jueza de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, instructora del 'caso Máster' que costó la presidencia de la Comunidad de Madrid a Cristina Cifuentes. La fiscalía sostiene que los indicios que aportó la magistrada "no son lo suficientemente consistentes ni aportan un nivel suficiente de solidez que permita aconsejar la apertura de un procedimiento".

En su informe, entregado este viernes en el alto tribunal, la fiscalía, tras considerar "una iniciativa prudente" la exposición razonada, sostiene que "carece del sustrato necesario para ser tenida en cuenta por el Supremo", porque no "existe dato alguno que avale" que se concertara con quien era director del Instituto de Derecho Público que le proporcionó el máster, Enrique Álvarez Conde, o el "grupo de alumnos escogidos" que, según la jueza, podían matricularse en él. De hecho, al no ser aforadas en los juzgados de Plaza de Castilla hay varias compañeras de Casado imputadas.

Cohecho y prevaricación

La magistrada pidió al Supremo que Casado fuera llamado al procedimiento "a fin de que sea oído como investigado, con debida asistencia letrada y todos los derechos previstos" en el ordenamiento jurídico, al no poder hacerlo ella por su condición de aforado, porque consideraba que podría haber cometido un delito de prevaricación administrativa y otro de cohecho impropio. Alegaba que, junto a un grupo de alumnas con vínculos políticos o personales con miembros de la universidad, pudo haber podido conseguir su máster como "regalo o prebenda sin mérito académico alguno" por parte del director de estos estudios, Álvarez Conde.

Sin embargo, para la fiscalía esa afirmación carece de prueba alguna y "no pasa de ser una mera sospecha o conjetura", determinante para el Supremo a la hora de aceptar o no una exposición razonada. Añade que el "uso del currículum" es "inocuo", porque el hecho de incluir en él un máster o decirlo públicamente sería posterior a la conducta que podría ser "prevaricante". Aunque lo recibiera sin méritos y sin justificación, sostiene el fiscal, no supone la participación en la prevaricación.

Y en cuanto al cohecho impropio esgrimido por la magistrada estaría prescrito y solo podría tener trascendencia penal si hubiera un concurso medial con el de prevaricación administrativa y hubiera indicios de la participación de Casado en él como cooperador necesario. "Como del análisis efectuado se concluye la inexistencia de participación del aforado en dicho delito, carece de sentido el incidir en dicha cuestión".

El escrito del teniente fiscal del Supremo puede tener más relevancia que para la que en principio estaba previsto, es decir, determinar si el alto tribunal debe o no investigar al aforado que se había visto salpicado por el 'caso Máster'. Sin embargo, sus explicaciones sobre la ausencia de indicios del concierto con Álvarez Conde será utilizada por todas los imputados en el Juzgado de Instrucción número 51, que este mismo viernes abrió diligencias por el máster de la exministra de Sanidad Carmen Montón.