El patinete eléctrico ha experimentado un auge en los últimos años, especialmente desde el inicio de la pandemia del coronavirus al considerarse un medio de transporte alternativo más seguro frente a los contagios.

No obstante, la normativa que regulaba la circulación de vehículos en las zonas públicas como aceras o diferentes zonas peatonales, no estaba actualizada a los patinetes eléctricos salvo en ciudades como Barcelona o Madrid. No obstante, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha modificado su reglamento para dar cabida a este tipo de transporte.

Nueva definición

La nueva ley aprobada el 2 de enero de 2021, define a los patinetes y vehículos de movilidad personal (VPM) como vehículos a todos los efectos, es decir, al mismo nivel que las coches o las motos. No obstante, quedan fuera de la norma las personas con movilidad reducida.

Velocidad limitada

Desde el inicio del año, este tipo de transporte tiene limitada su velocidad entre los 6 y 25 kilómetros por hora. También se necesitará un certificado de circulación que asegure que se cumplen con los criterios técnicos que requiere la DGT. No es obligatorio que el vehículo cuente con un seguro, puesto que no se podrán quitar puntos en caso de infracción. Tampoco es necesaria su matriculación.

¿Por dónde puedo circular?

Los patinetes eléctricos ya no pueden circular por las aceras. Además, también tienen prohibido su tránsito en vías interurbanas, autovías, autopistas, túneles urbanos y travesías. En cambio, si pueden circular por los carriles de bici. En caso de infringir esta norma fuera del periodo de implementación, los causantes de la infracciónse enfrentarán a multas de 200€.

Otras limitaciones

No es obligatorio llevar casco, salvo que se sea menor de 15 años, está prohibido el uso de auriculares y teléfono móvil. Los conductores podrán ser sometidos a pruebas de alcoholemia y drogas. Es obligatorio llevar prendas reflectantes durante la noche. Cabe señalar que no es necesario ningún tipo de carnet, autorización o edad mínima para emplear este medio de transporte.

Multas

Las nuevas sanciones oscilan entre los 100€, por la circulación de dos personas en VMP, y los 1.000€ si se da positivo por consumo de drogas, pasando por los 200€ si se circula por la acera.

No obstante, el Ayuntamiento de Córdoba ha declarado que la normativa se implementará "cuando pase un tiempo razonable". Mientras tanto, la Policía Local ha aprovechado los primeros días de implantación de la norma para informar a los usuarios de la nueva regulación.