Rafael Delgado es uno de los 60 técnicos superiores de la Delegación de Empleo de la Junta de Andalucía que, junto a otros 30 administrativos, han sido movilizado de su puesto de trabajo para configurar el equipo de funcionarios que trabaja desde casa a toda velocidad para sacar adelante la avalancha de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) presentados desde que se decretó el estado de alarma por la expansión del coronavirus. Jefe del departamento de Legislación ha sido reasignado al Servicio de Administración Laboral, que en este momento tramita una media de 200 o 300 expedientes diarios. «Una semana después de declararse el estado de alarma, todo el mundo disponía ya de los medios técnicos (VPN) necesarios en casa y trabajamos a marchas forzadas para sacar adelante el mayor número de expedientes posible», explica Delgado.

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El horario habitual de los funcionarios, de 8.00 a 15.00 horas, pero la jornada se ha duplicado y ahora trabajan una media de 12 horas diarias mañana y tarde, siete días a la semana, «por una cuestión de responsabilidad de los trabajadores y porque somos conscientes de que de nuestro trabajo dependen muchas personas y empresas», explican. El trabajo se distribuye y coordina gracias a dos grupos de whatsapps, uno con instrucciones donde solo hablan el jefe de servicio y el delegado de Empleo, Ángel Herrador, y otro en el que todos los funcionarios interactúan para agilizar el ritmo.

«Cada día, se asignan a cada funcionario de diez a quince expedientes para tramitar», explica Delgado, «de los cuales, en torno al 60% son de negocios cuya actividad está suspendida por fuerza mayor según el Real Decreto 463/2020 (bares, cafeterías, comercio minorista...) así que nos centramos en analizar el resto, como fábricas o comercio mayorista, es decir, aquellos cuya actividad no ha sido suspendida por ley para realizar requerimientos y peticiones de información a las empresas para acreditar documentalmente su situación". Cada expediente debe revisarse minuciosamente y realizar las peticiones de información para subsanación que permitan determinar las circunstancias que han llevado a presentar el ERTE. En muchos casos, debido al tipo de actividad, estos expedientes no encajan en causa mayor y deben tramitarse por causas económicas, por lo que las empresas deben documentar las pérdidas, la falta de acceso a los proveedores o clientes. En estos casos, es necesario además establecer un periodo de consultas y un acuerdo con los trabajadores previo a su traslado a la Inspección de Trabajo.

Según determina la norma, "existe un plazo de cinco días para emitir la resolución sobre los ERTES presentados o, en caso de silencio administrativo, se interpreta como favorable». De ahí que, ante la ingente cantidad de expedientes presentados, se revisen primero aquellos que plantean dudas, puesto que todos los que pertenecen a actividades suspendidas por el Gobierno está claro que recibirán una resolución favorable.

Según el delegado de Empleo, Ángel Herrador, que ha destacado el esfuerzo que está llevando a cabo «hemos pasado de tramitar 39 ERTEs el año pasado a una cifra que se ha multiplicado por 250 en unas semanas, por lo que hemos movilizado a todos los servicios de la delegación».

"La prestación por desempleo depende del SEPE y no del SAE"

La Consejería de Empleo, que recibe a diario unas 9.000 consultas de usuarios sobre las prestaciones por desempleo y otros trámites no dependientes de este organismo, aclaró ayer en un comunicado que «el cobro de la prestación por desempleo no depende de la Junta de Andalucía sino que es competencia del Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE, que depende del Ministerio de Trabajo. Por tanto el SAE, Servicio Andaluz de Empleo, «ni tramita ni resuelve prestaciones por desempleo».

Asimismo, insistió en un comunicado en que «para cobrar la prestación de desempleo derivada de los ERTEs, el único requisito que hay que cumplir es que la empresa haga la inscripción en la página habilitada por el SEPE incluyendo nombre y datos bancarios de los trabajadores, previa autorización de estos últimos». Así, recalca que "en ningún momento esta Consejería ha recibido ninguna comunicación de cambio de normativa ni ninguna instrucción que suprima la obligatoriedad de la inscripción en los Servicios de Empleo autonómicos por parte de los demandantes de empleo, requisito que recogen las normas en vigor para acceder al cobro de prestaciones por desempleo".

Lo que ha hecho el SAE es, indican, intentar "mejorar los medios telefónicos y telemáticos para facilitar el máximo posible la inscripción como demandante de empleo, una acción que en “ningún caso” obstaculiza ni retrasa el cobro de la prestación. Es más, tras decretarse el estado de alarma, la Consejería de Empleo realizó una campaña animando a todos los trabajadores incursos en Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) a darse de alta en el paro con el único objetivo de que “cobrasen cuanto antes”.

Otra de las cuestiones que nos gustaría aclarar es que hay que distinguir entre el reconocimiento de la prestación por desempleo, de la tramitación de los expediente de regulación temporal de empleo, ERTEs, que afectan a muchas empresas y personas y por eso es necesario dejar conceptos claros. La autoridad laboral en Andalucía es la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y es la que está tramitando todas las solicitudes de ERTE gracias al gran trabajo de funcionarios que están trabajando sin descanso todos los días, los 7 días de la semana, para que los andaluces que se hayan quedado sin trabajo en estas circunstancias puedan cobrar su prestación por desempleo.