Sobreseimiento
La Audiencia de Barcelona archiva el procedimiento por desobediencia contra Anna Gabriel al retirarse la acusación
El procedimiento fue remitido por el Tribunal Supremo a la Audiencia de Barcelona, una vez que Gabriel normalizó su situación judicial, tras su huida a Suiza
Ángeles Vázquez
La Sección Séptima de la Audiencia de Barcelona ha procedido a archivar el procedimiento abierto contra la exdiputada de la CUP Anna Gabriel por un delito de desobediencia por su intervención en la tramitación en el Parlament del andamiaje legal en el que se apoyó el 'procés'. La decisión del tribunal responde a la petición de sobreseimiento libre de las actuaciones planteado por la fiscalía, al no apreciar delito en los hechos por los que fue investigada, y a que la acusación popular que ejercía Vox en el procedimiento no se pronunció al respecto.
El procedimiento fue remitido por el Tribunal Supremo a la Audiencia de Barcelona, una vez que Gabriel regularizó su situación judicial, tras su huida a Suiza, país en el que sigue residiendo. Nunca se había augurado mucho recorrido a la causa, una vez que su compañera de la CUP Mireia Boya acabó siendo absuelta por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya por los mismos hechos por los que la ahora exonerada estaba acusada: haber participado en la presentación en el Parlament de las leyes de desconexión.
El Supremo remitió las actuaciones a la Audiencia barcelonesa por ser el órgano competente para juzgar, en su caso, a Gabriel una vez que ya no tenía ningún tipo de aforamiento y estar solo acusada de un delito de desobediencia, según el criterio que había marcado por el propio alto tribunal, que ya excluyó del juicio del 'procés' -que acabó con la condena de los líderes independentistas a penas de hasta 13 años- a los que no estaban acusados de malversación. De tal forma que Boya y los miembros de la Mesa del Parlament bajo la presidencia de Carme Forcadell fueron ya juzgados en el TSJC.
Una vez que las actuaciones se encontraban en Barcelona, la Audiencia dio traslado a las partes para que se pronunciaran sobre la procedencia de abrir juicio oral o de dictar su sobreseimiento. El ministerio público optó por esta última opción, al no apreciar hechos constitutivos de delito, mientras que Vox ni siquiera dio respuesta al trámite judicial, lo que se entiende como una forma de desestimiento.
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