El Gobierno empezará a tramitar los indultos de los presos del 1-O la semana próxima
El ministro de Justicia ha hecho el anuncio en la sesión de control en el Congreso. El trámite, al que está obligado el Ejecutivo por haber sido solicitado, puede tardar seis meses
El Gobierno español empezará a tramitar el expediente de indulto de los presos independentistas la semana próxima, ha anunciado esta mañana el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo. Es el único dato que ha dado Campo en la sesión de control en una respuesta a Laura Borràs, portavoz de Junts per Catalunya en el Congreso.
El Ejecutivo tiene sobre la mesa el indulto de los 12 condenados por la celebración del referéndum del 1-O, que ha sido solicitado por sindicatos, expresidentes del Parlament de Cataluña y otros colectivos. La pandemia ha supuesto un retraso en la tramitación de esta medida de gracia que llevó a levantar la suspensión de los trámites que les afectaban durante la pandemia. El trámite puede llegar a durar hasta medio año y el Gobierno está obligado a activar el proceso por el mero hecho de que ha sido solicitado, señalan fuentes del ministerio.
Para que Justicia pueda elevar una propuesta de resolución al Consejo de Ministros es imprescindible solicitar dos informes: uno a la fiscalía y otro al tribunal sentenciador, que en este caso fue el Tribunal Supremo, cúspide de la justicia española. Estos informes son preceptivos, pero no vinculantes. Una vez recabada toda es información, el ministerio elabora un informe definitivo en el que concluye sobre "la justicia o conveniencia y forma de la concesión de la gracia" en el que hace constar "la edad, estado y profesión, su patrimonio, sus méritos y antecedentes, el tiempo transcurrido en prisión preventiva, si fue con anterioridad procesado y condenado por otro delito, y si cumplió la pena impuesta o fue indultado, además de circunstancias agravantes o atenuantes".
La concesión, en caso de producirse, compete al Rey, a propuesta del ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, y debe acordarse mediante mediante real decreto publicado en el 'Boletín Oficial del Estado'.
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