Siniestro laboral

Un empresario se enfrenta a tres años de prisión tras la muerte de un trabajador debido a una caída

La víctima trabajaba sin protección sobre un techo de fibrocemento que cedió a su paso

La Fiscalía acusa al administrador de un homicidio por imprudencia grave al considera que incumplió sus obligaciones

Fachada de la Ciudad de la Justicia de Córdoba.

Fachada de la Ciudad de la Justicia de Córdoba. / CÓRDOBA

Manuel Á. Larrea

Manuel Á. Larrea

El administrador de una empresa de obras y servicios de la provincia de Córdoba se enfrenta a tres años de prisión por una imprudencia grave, según considera el fiscal, que costó la vida a uno de sus trabajadores. La víctima falleció al instante tras precipitarse desde una altura de siete metros en la localidad de Aguilar de la Frontera, donde habían sido contratados.

A la espera de juicio, el máximo responsable de la entidad, como indica la Fiscalía en su escrito de calificación, está acusado de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de homicidio por imprudencia grave en relación de concurso ideal.

Caída mortal

El incidente ocurrió en una trágica jornada laboral en la que dos trabajadores de la empresa debían desplazarse a la nave de otra entidad, afincada en el término municipal de Aguilar de la Frontera. Durante esa mañana, los empleados estuvieron trabajando sobre un tejado de placas de fibrocemento.

"Sin ningún tipo de equipo de protección individual ni línea de vida por la cubierta", los operarios avanzaron hasta "el punto opuesto del tejado". En esos momentos, el fallecido pisó sobre un vano de la placa, que se rompió y, por ese hueco, cayó el trabajador, atravesando el falso techo, hasta acabar muriendo, tras el impacto, a causa de un traumatismo craneoencefálico severo.

"Incumplió totalmente sus obligaciones"

Según precisa el Ministerio Fiscal, "para la realización de la obra no se habían colocado medidas colectivas de protección tales como pasarelas ni redes bajo cubierta". El Fiscal considera que el acusado "incumplió totalmente sus obligaciones" de velar por la salud e integridad de sus empleados. Tanto es así que "no estableció nunca un plan de trabajo en el que se recogiera las medidas de protección colectivas que tenían que instaurarse frente al riesgo de caída".

Bien es cierto que el administrador de la empresa entregó a sus operarios un arnés de seguridad, precisa la Fiscalía, pero "no controló que en el lugar de la obra existieran líneas de vida ni puntos de sujeción para poder engancharlas". El escrito de acusación, por tanto, señala que "a pesar de la inexistencia de puntos fijos de anclaje, no prohibió que se realizara el trabajo ante el elevado riesgo existente" por tratarse de una superficie "frágil".

El Fiscal considera que, además de la pena de tres años de cárcel, procede imponer contra el acusado la inhabilitación para ejercer la administración de empresas durante otros tres años, así como una indemnización para la familia. Esta cuantía, para el ministerio, debería ascender a cerca de los 100.000 euros, a repartir. La aseguradora consta como responsable civil subsidiaria y, de esta, deberá salir el montante hasta el límite legal establecido.