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EL GUIJO / TENíA CINCO AÑOS

Absuelto de la muerte de un niño al caerle una puerta metálica encima

El pequeño entróen el interior de la propiedad del acusado

El titular del juzgado de lo Penal número 3 ha absuelto al hombre acusado tras la muerte de un niño de cinco años al que le cayó encima una puerta metálica en El Guijo.

La sentencia considera probado que, a principios de agosto del 2008, el acusado procedió a colocar una puerta metálica sobre rail en su parte inferior, pero no pudo completar su instalación debido a que le faltaba el motor. Así, dejó la puerta echada en la parte interior del inmueble, "colocándola de manera que objetivamente no supusiera un peligro para la seguridad de los transeúntes de la calzada o vía pública con la que la propiedad lindaba". Sobre las 20.00 horas del 12 de septiembre del 2008, el menor, que se encontraba jugando con otro amigo al escondite, "entró en el interior de la propiedad del acusado y movió la puerta, que cayó sobre él en dirección hacia el patio de la vivienda y le ocasionó la muerte instantánea por fractura de la bóveda craneal".

La sentencia señala que no queda acreditado que el acusado cometiera infracciones penales y que "no todo accidente, aunque como consecuencia de él se produzca la muerte de una persona, puede llevar automáticamente a la consumación de los tipos penales calificados por las acusaciones". Por otra parte, añade, "la causa principal del accidente devino al entrar el menor en propiedad ajena y mover la puerta". "La única falta de diligencia que pudo cometer el acusado --prosigue la sentencia-- es tener abierta la puerta de acceso a su propiedad, a la que por otra parte nadie tiene por qué entrar". Pero de dicha falta de diligencia, concluye, "no puede inferirse sin más que se ha consumado la infracción penal, sin perjuicio de la culpa civil que hubiera podido haber cometido".

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