La provincia de Córdoba acumula 54.969 vehículos que carecen de una póliza de seguro obligatoria, según los datos, con fecha del 31 de enero del 2022, facilitados por el Gobierno a raíz de una pregunta parlamentaria de los diputados del PP Óscar Gamazo y Jaime Mateo Istúriz. En toda España, la cifra asciende a 2.957.539 millones. Estos casi tres millones de vehículos suponen un 9% del parque nacional. Por lo tanto, nueve de cada 100 automóviles del país se encuentran en dicha situación.

La proporción de vehículos sin seguro es más elevada en los casos de Melilla (23 de 100) y Ceuta (18 de 100). Del total del resto de provincias, el porcentaje mayor corresponde a Almería y Baleares, con un 13% en cada caso; por delante de Girona, Granada y Santa Cruz de Tenerife (12%). El 11% de los vehículos no lo tiene en Cádiz, Ciudad Real, Huelva, Lleida, Málaga, Murcia, las Palmas y Tarragona. Por su parte, en el extremo opuesto son Gipuzkoa, Madrid y Navarra las provincias con menor proporción de vehículos sin seguro, un 6%.

Según la ley, el incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará la prohibición de circulación por territorio nacional de los vehículos no asegurados y el depósito o precinto público o domiciliario del vehículo, con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro. "Se acordará cautelarmente el depósito o precinto público o domiciliario del vehículo por el tiempo de un mes, que en caso de reincidencia será de tres meses y en el supuesto de quebrantamiento del depósito o precinto será de un año, y deberá demostrarse, para levantar dicho depósito o precinto, que se dispone del seguro correspondiente", advierte la normativa.

Y no solo eso, porque los gastos que se originen como consecuencia del depósito o precinto del vehículo serán por cuenta del propietario, "que deberá abonarlos o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo". Además, la sanción pecuniaria oscila entre los 601 euros y los 3.005 de multa, "graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción".