La empresa municipal de autobuses, Aucorsa, podría tener que pagar a Hacienda 1,3 millones de euros por el IVA correspondiente al año 2017 al no contar a tiempo con un aval que respalde la operación y al haberse agotado el plazo para el pago. Por un cambio de normativa, la empresa fue objeto de una inspección tributaria en relación a este impuesto en los últimos cuatro ejercicios y ahora la Agencia Tributaria exige a Aucorsa un aval con una duración de un máximo de cinco años, período por el que se alargará el procedimiento de reclamación contra la liquidación impuesta en cuestión. El gobierno local tenía intención de llevarlo al pleno del jueves 10 de marzo, pero se ha encontrado además con el rechazo de la Intervención.

La intervención municipal se ha opuesto en un informe preceptivo a que el Pleno autorice a la sociedad Aucorsa a pedir un aval por un importe de 1.327.574,66 euros para hacer frente al pago del IVA, entre otras razones, porque el plazo habría vencido, ya que la fecha tope de ingreso del acta de inspección finalizó el 20 de enero de 2022. En su informe, además, la interventora rechaza la operación y entiende que es Aucorsa la entidad que ha incumplido sus obligaciones fiscales, sin que a su juicio el Ayuntamiento como ente matriz pudiera abonar dos veces el mismo importe de no prosperar las reclamaciones interpuestas por la empresa de autobuses contra las distintas actas de inspección por IVA de distintos ejercicios presupuestarios. Asimismo, considera que no corresponde al Pleno aprobar o acordar la operación de aval al carecer de competencia para ello.

"El Ayuntamiento ha cumplido estrictamente sus obligaciones con respecto a Aucorsa y ha ingresado el importe del IVA incluido en las transferencias abonadas periódicamente a la sociedad, sin que en ningún caso procediera abonar de nuevo la cuantía del IVA de los períodos referidos en el acta de liquidación, pudiendo a nuestro juicio este hecho suponer un supuesto de responsabilidad contable por pago duplicado", dice.

Motivos del rechazo

En el plano formal, la Intervención señala que la solicitud de su informe se produce cuando ya está vencido el plazo para el pago del acta de inspección recibida por Aucorsa o que "la solicitud de suspensión del acta de liquidación (19 de enero de 2022) se realizó un día antes del vencimiento del plazo de pago (20 de enero 2022) y en forma irregular, ya que se realizaría la misma sin aportar el necesario aval que garantizase la suspensión solicitada". Además, se indica que no se aporta en la documentación remitida el acuerdo para la concertación del aval por parte del consejo de administración, que es que es "el órgano competente para la concertación de la operación de aval cuya autorización plenaria se propone". En la documentación remitida, añade la interventora que ni consta acuerdo alguno de concertación o adjudicación de la operación , ni expediente tramitado al efecto para el aval.

A más, la intervención dice que no consta en el expediente el acuerdo para la adjudicación de la operación para el aval a la entidad Cajasur como oferta mas ventajosa, ni que exista documento que determine que fuera esa la mejor oferta.

"El expediente está huérfano de cualquier acreditación por parte de los técnicos de Aucorsa de la capacidad de dicha sociedad de hacer frente al coste de esta operación así como al pago de la deuda llegado el momento, de no prosperar el recurso o reclamación económico-administrativa correspondiente que se plantea y motiva la exigencia del aval cuya autorización se pretende, así como sus efectos sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria", apunta.  "También quedaría claro que se habría prescindido a nuestro juicio del procedimiento legalmente establecido en materia de contratación".