A una semana de que acabe el 2021, aún queda tiempo para intentar reducir la factura fiscal y pagar menos impuestos este año, algo que, según los expertos, es más fácil para quienes perciben sueldos muy altos que para aquellos que cobran menos. Según José María Mollinedo, secretario del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), «las mayores ventajas fiscales benefician a los contribuyentes con sueldos y patrimonios más altos». Así, una persona que ingrese al año más de 600.000 euros podrá recortar su factura hasta en 72.733 euros mientras que quien ingrese menos de 21.000 euros podrá ahorrarse como mucho 1.390 euros.

Una de las medidas más conocidas para reducir las tributaciones consiste en realizar aportaciones a los planes de pensiones o de previsión, una fórmula que, según Javier Martín, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Complutense y director de F&J Martín Abogados, sufrirá recortes el año que viene. «La futura Ley de Presupuestos Generales del Estado del 2022 continúa con la poda de beneficios fiscales en el IRPF, explica Martín, «ya que rebaja a 1.500 euros anuales el importe máximo de la aportación a planes de pensiones individuales desgravable, tope que este año ya se ha recortado, pasando de 8.000 a 2.000 euros, mientras se eleva hasta 8.500 euros la aportación a planes colectivos o de empresa». El objetivo, destaca, es desincentivar el ahorro a partir de los planes individuales e incentivar las aportaciones a los planes de empresa en sintonía con las recomendaciones del Pacto de Toledo y de la Airef, ya que este beneficio privado podía resultar negativo, a largo plazo, para un alto número de ahorradores». En este contexto, Martín indica que este año «solo cabe realizar una aportación a planes de pensiones individuales desgravable hasta 2.000 euros».

"Solo cabe realizar una aportación a planes de pensiones individuales desgravable hasta 2.000 euros"

Javier Martín - Director de F&J Martín Abogados

Mollinedo coincide en que, «teniendo en cuenta las novedades de cara al futuro, es preferible aportar hasta un máximo de 2.000 euros antes del 31 de diciembre, anticipándose a la bajada del límite a 1.500 euros».

Venta de un inmueble

Por otro lado, el portavoz de los técnicos de Hacienda recuerda a quienes hayan vendido su casa este año que los ingresos obtenidos tributarán el año que viene según su cuantía. Sin embargo, indica, «si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual, se podrá neutralizar esa tributación». No hay mucho margen para hacerlo, pero quien esté pensando si comprar ahora o el año que viene, debería tener esto en cuenta. También es posible ahorrar apoyando el emprendimiento. «La deducción para amigos y familiares de tercer grado de un emprendedor es de un 30% de la inversión en la cuota estatal del IRPF». Se trata de suscribir las acciones o participaciones de la sociedad en cuestión, «siendo la base máxima de la deducción de 60.000 euros anuales». Según Gestha, «esta deducción es la más potente del IRPF, ya que permite deducir 1.275 euros más de media a quien financie una empresa reciente invirtiendo algo más de 4.000 euros».

"La deducción para amigos y familiares de tercer grado de los emprendedores es de un 30% de la inversión"

José María Mollinedo - Secretario general de Gestha

Trabajos en el extranjero

El secretario del Colegio de Economistas y miembro del Consejo Directivo del Registro de Economistas Asesores Fiscales, Miguel Ángel Crespín, apunta otras opciones aplicables, por ejemplo, a quienes hayan trabajado en el extranjero este año. «Puede que la remuneración obtenida esté exenta de tributación», señala, por lo que recomienda «exigir a la empresa que tenga en cuenta esa exención a la hora de practicar las retenciones, que se calculan en función de los días de desplazamiento en el país de destino». Esta medida solo se aplica en desplazamientos temporales.

"Quien haya trabajado en 2021 en el extranjero, puede que esa remuneración esté exenta de tributar"

Miguel Ángel Crespín - Secretario del Colegio de Economistas

Crespín apunta también la posibilidad de aplicar la deducción por compra de vivienda, «hasta el tope de 9.040 euros en amortización de préstamo e intereses antes de que acabe el año, para reducir la cuota a pagar en un 15%». Quienes se hayan separado o divorciado y mantengan la vivienda habitual, pueden aplicar la deducción del 100% de la cantidad abonada. Crespín sugiere a los trabajadores, de cara al año próximo, contemplar la posibilidad de «sustituir parte de las rentas dinerarias que perciben de su empresa por rentas no dinerarias (en especies) como cheques de transporte y de comida y seguros médicos, ya que por estos importes no se tributa».

Mayores de 65 años

Tanto Crespín como Mollinedo recuerdan que los mayores de 65 años están exentos de tributar por la venta de la vivienda habitual y, si se trata de la venta de otro bien, hasta un máximo de 240.000 euros, aunque en este caso, solo se aplicaría si se invierte todo lo obtenido en una renta vitalicia.

Otras opciones para pagar menos

  • JUEGO

Aquellos que juegan online, en casinos o bingos o realizan apuestas deportivas pueden acumular las pruebas de sus pérdidas para tributar solo por las ganancias netas.

  • PARTIDOS O SINDICATOS

Las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos se pueden declarar para obtener una deducción del 20% hasta un tope de 600 euros. Las cuotas sindicales y de colegios profesionales deducen de los rendimientos del trabajo (las últimas, con un límite de 500 euros) mientras los gastos de defensa jurídica de litigios en la relación laboral se deducen hasta un tope de 300 euros anuales.

  • DIVORCIO

En el caso de separación o divorcio, los expertos recuerdan que el convenio regulador debe especificar cuál es el importe de la pensión compensatoria y/o de la pensión de alimentos destinada a los hijos para que el contribuyente pueda reducir su base imponible en la declaración de la renta o aplicar el tratamiento especial que reciben esas anualidades por alimentos.