Veintidós plazas libres son las que han quedado en la presente convocatoria de autorizaciones municipales para el desarrollo de actividades artísticas en la calle en los próximos cuatro años, es decir, hasta 2024. De esta forma, los 30 músicos y 3 pintores callejeros podrán actuar en las cuatro zonas que se autorizan para hacerlo bien se trate de espectáculos efímeros (individuales o en grupo) o venta de productos artísticos, de acuerdo con la normativa vigente. 

Para la presente convocatoria el consistorio ofreció un máximo de 55 autorizaciones anuales (50 para espectáculos y 5 para venta de arte) de acuerdo con la siguiente tipología de actividades artísticas a realizar: música (solistas o grupos de no más de 4 miembros), mímica y estatuas humanas, teatro, títeres y marionetas. danza, actividades circenses (malabares, payasos, etc.), magia e ilusionismo, globoflexia y pompas de jabón, pintura, retrato y caricatura (en lienzo, papel, cartón, cartulinas, etc. ) con venta de productos fruto de la actividad, fotografía artística con venta de productos fruto de la actividad, entre otras.

Las áreas en las que se divide la capital a estos efectos artísticos son: la zona centro o zona comercial (Bulevar del Gran Capitán, Concepción, Gondomar, Plaza de las Tendillas, Cruz Conde y Paseo de la Victoria); el centro histórico y entorno del río (Plaza del Potro, Corredera, Paseo de la Ribera, Ronda de los Mártires, avenida del Alcázar, Caballerizas Reales, Fray Albino, Paseo bajo de Miraflores, etcétera); el eje Tendillas-Mezquita-Puente Romano (solo se autorizan actuaciones artísticas y no venta de arte a una distancia mínima de 100 metros de la Puerta del Puente y la Torre de la Calahorra respectivamente), y otros espacios como la avenida de la Libertad (Paseo del Vial Norte), Al-Nasir (Paseo del Vial Norte), avenida de Barcelona, plaza de Colón, Gran Vía Parque y Ronda de los Tejares. Por contra, quedan expresamente excluidos aquellos otros espacios no establecidos como habilitados en las bases.

Las 33 autorizaciones recién otorgadas tienen un período de validez hasta el 25 de septiembre de 2024 en función de los siguientes ciclos: del 1 de octubre de 2021 al 25 de septiembre de 2022del 1 de octubre de 2022 al 25 de septiembre de 2023 y del 1 de octubre de 2023 al 25 de septiembre de 2024. El horario de las actuaciones y venta al público será de lunes a domingo dentro de las franjas horarias comprendidas entre las 10.00 horas y las 14.00 horas y de las 17.30 a las 22.00 horas (23:00 horas en los meses de mayo a septiembre incluidos), garantizando el descanso diario y semanal que establece la legislación laboral. Las actividades de expresión artística, en cada una de sus modalidades, no podrá tener una duración, en las distintas ubicaciones, superior a las siguientes lapsos de tiempo: 1 hora, en el caso de solistas o grupos musicales, malabares y danza; 2 horas para teatro, títeres, marionetas, pompas de jabón, globoflexia, mimos y estatuas humanas, y 4 horas para la venta de pintura, retrato, caricatura y fotografía artística. Transcurrido el tiempo en cada caso fijado, las actuaciones deberán interrumpirse y las personas adjudicatarias deberán trasladarse a otra de las ubicaciones autorizadas que diste al menos 100 metros del punto anterior, debiendo cambiar mensualmente de zona.

Entre las responsabilidades de los artistas está ofrecer un repertorio variado, en atención a las personas que viven o trabajan cerca de los espacios autorizados y en ningún caso se podrán repetir en períodos breves las mismas piezas; dar ejemplo de conducta al público y resto de artistas, desarrollando su actividad en buenas condiciones de higiene y salud, no fumando ni tomando alcohol en el espacio a utilizar ni sentándose en el suelo directamente; y responsabilizarse de la afección que la actividad efectúe a la higiene urbana.