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La AFE presenta el convenio para jugadores de Primera Federación

El mínimo a ingresar por un jugador la próxima temporada sería de 20.000 euros brutos y de 25.000 en la siguiente campaña

Imagen de la presentación por parte de la AFE del primer convenio para futbolistas de Primera Federación.

Imagen de la presentación por parte de la AFE del primer convenio para futbolistas de Primera Federación. / AFE

Ignacio Luque

Ignacio Luque

La AFE presentó este lunes el primer convenio colectivo para futbolistas de Primera Federación, categoría en la compite en la actualidad el Córdoba CF. El documento, primero de su clase en la tercera categoría del fútbol español, debe establecer las pautas para las relaciones profesionales entre los jugadores y los clubs a partir de la próxima temporada, 2024-25 y, en principio, tendría vigencia también para la 2025-26.

Sin fútbol del 23 de diciembre al 2 de enero

Como puntos principales, el salario mínimo garantizado para los futbolistas afectados por el convenio  sería de 20.000 euros brutos para la temporada 2024-25, incrementándose en el IPC para las sucesivas temporadas. El salario mínimo garantizado para la temporada 2025-26 será de 25.000 euros, incrementándose en el IPC correspondiente para sucesivas temporadas, siempre que se alcancen los 500.000 euros de ingresos por parte del club o sociedad anónima a la que pertenezca. A efectos del cómputo de dichos ingresos de 500.000 euros, se tendrán en cuenta, única y exclusivamente los provenientes del organizador de la competición y dentro de éstos, los que sean en concepto de comercialización de los derechos audiovisuales y comerciales.

El presidente del COE, Alejandro Blanco, acudió a la presentación del convenio.

El presidente del COE, Alejandro Blanco, acudió a la presentación del convenio. / AFE

Los futbolistas tendrán derecho a unas vacaciones anuales retribuidas de 30 días naturales, o de la parte proporcional que les corresponda cuando tengan antigüedad inferior a un año en el club o sociedad anónima deportiva a la que pertenezcan; y de los que, al menos, 21 serán disfrutados de forma continuada y el resto cuando las partes lo acuerden. En caso de desacuerdo, se disfrutarán los 30 días de forma continuada. En ningún caso podrá sustituirse el período vacacional por compensación económica, salvo que, por circunstancias del calendario de competiciones, no pudiesen disfrutarse íntegramente las vacaciones dentro del periodo de duración del contrato.

El convenio indica claramente que no se disputarán partidos de cualquier clase de competición oficial en los períodos incluidos desde el 23 de diciembre hasta el 2 de enero de cada temporada de vigencia del convenio, ambas fechas inclusive. Asimismo, tampoco se celebrarán o disputarán partidos de cualquier otro tipo los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero de cada temporada.

Premios por antigüedad en el club

El documento prevé un premio por antigüedad de pertenencia a un club o SAD. A la extinción de su relación contractual con dicho club o SAD cuando haya permanecido en el mismo equipo, como profesional, durante cuatro o más temporadas consecutivas, el jugador percibirá dicho premio. Por cuatro temporadas percibirá el 10% del salario anual del futbolista del último año. Por cinco temporadas, el 12,5% del salario anual del futbolista del último año. Por seis temporadas, el 15% del salario anual del futbolista del último año. Por siete temporadas, el 17,5 % del salario anual del futbolista del último año. Por ocho o más temporadas el futbolista percibirá el 20% del salario anual del futbolista del último año.

Entre otros apartados, la AFE incluyó en dicho convenio el derecho a la libre expresión de los futbolistas, que tendrán derecho a manifestar libremente su pensamiento sobre cualquier materia y, en especial sobre los temas relacionados con su profesión, sin más limitaciones que las que se deriven de la Ley y el respeto a los demás.

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