La Audiencia de Sevilla dio ayer un nuevo espaldarazo a las pretensiones de la jueza instructora del llamado caso de los ERE de mantener bajo su mando la causa al ser inescindible, y rechazó la petición de la Fiscalía para separar la causa en multitud de piezas y remitir al Tribunal Supremo la parte referida a los cargos públicos aforados.

Esgrime la sala provincial que con esta separación se corre el riesgo de "desorden procesal" al existir un riesgo real de sentencias contradictorias, lo que provocaría a su vez un "desorden" y "caos procesal" a causa de la inevitable "remisión por goteo de asuntos" al alto tribunal.

La decisión de la Audiencia de rechazar las pretensiones de la Fiscalía y de la defensa de dos exaltos cargos públicos de la Junta responde a un recurso presentado por Anticorrupción el pasado abril tras la negativa de la jueza Mercedes Alaya a escindir la causa y remitirla al Tribunal Supremo al haber encontrado indicios contra exaltos cargos andaluces ahora aforados.

Pero la jueza, que entendía que su decisión no era recurrible, guardó el escrito en un cajón y no lo remitió al juzgado provincial hasta la pasada semana. Así, el fallo coincide en el tiempo con una nueva petición de Anticorrupción para despiezar la causa y mandar al Supremo solo la parte de los aforados, en la que la jueza ha dado por agotadas las diligencias. De esta forma, da la opción a que sea Alaya quien continúe el resto de diligencias, algunas en fase inicial.

En su fallo, la Sección Séptima de la Audiencia Nacional reprocha al ministerio público que debería haber acudido no a esta institución sino al Tribunal Supremo para que fuera este órgano quien pidiera que la jueza se inhibiera.

Explica en este sentido que al mediar un tribunal superior, "que en principio atraería la competencia para el enjuiciamiento de los aforados", no es la Audiencia sino ese alto tribunal a quien le cabe separar la causa y distinguir aforados del resto de imputados, devolviendo a la jueza por tanto esa parte de la causa que sí podría instruir.