El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha imputado a CaixaBank por un delito de blanqueo de capitales por la actuación de 10 de sus sucursales en el presunto favorecimiento, auxilio y ocultación de fondos de clientes de nacionalidad china investigados en las operaciones conocidas como 'Emperador', 'Chequia', 'Snake', 'Juguetes' y 'Pólvora'.

El juez considera que las sucursales investigadas, sus directivos y empleados, actuaron presuntamente "como canales de blanqueo de dichas organizaciones" aun cuando podían sospechar que sus clientes estaban inmersos en actividades ilícitas de fraude por las ingentes imposiciones en efectivo que realizaban”. El juez cita a la entidad el próximo 26 de abril a las 10.30 con objeto de que proceda a la designación de abogado y procurador.

El auto del juez explica que a raíz de la investigación a la entidad ICBC ( Industrial And Comercial Bank Of China S.A) por conductas de blanqueo de capitales al servicio de diversas organizaciones criminales de ciudadanos chinos, el Grupo de delitos Económicos de la Guardia Civil, así como el SEPBLAC detectaron una serie de comportamientos irregulares llevados a cabo por determinadas sucursales de CaixaBank entre los años 2011 y 2015, para ayudar presuntamente a personas físicas y sociales de nacionalidad china a aprovecharse de las ganancias ilícitas de sus defraudaciones y contrabando de mercancía.

Masivas remesas de dinero

Estas organizaciones generaban unas masivas remesas de dinero en efectivo, procedentes de delitos contra la Hacienda Pública y en menor medida contra la Propiedad Industrial y Contrabando “en cuya bancarización sin riesgos de ser descubiertos, aprovechamiento y ayuda para transferir sus fondos a China han intervenido entidades bancarias como CaixaBank e ICBC Sucursal España”.

El auto del juez relata cómo entre 2013 y 2015 distintos juzgados de localidades de Madrid y de la Audiencia Nacional que investigaban los casos 'Emperador' y 'Snake', entre otros, realizaron diversos requerimientos a las sucursales de CaixaBank para averiguar el patrimonio ilícito de los clientes investigados.

Las sucursales implicadas "hicieron caso omiso” al hecho de tratarse de clientes requeridos por juzgados y fiscalías, y “auxiliaron a los titulares de cuentas en el aprovechamiento de sus ganancias ilícitas, bancarizando el dinero sin indagar su origen, aceptando cualquier papel o justificación que se les presentaba y facilitando su transferencia en importes pequeños que no debían ser comunicados al Banco de España” Esos requerimientos judiciales, añade el juez, “ fueron desatendidos por CaixaBank que no activó ninguna comunicación o alarma respecto al cliente en cuestión”.

El informe del SEPBLAC destaca que entre los años 2013 y 2015 el número de clientes de CaixaBank que han sido objeto de requerimiento judicial por delito de blanqueo y que han realizado transferencias por valor de 99,1 millones de euros a China y Hong Kong son 193 ( 76 personas físicas y 117 sociedades limitadas).

El juez destaca que no se realizaron exámenes especiales tras recibir esos requerimientos, ni tampoco comunicación al SEPBLAC, respecto de 165 de esos 193 clientes, que siguieron operando, transfiriendo 31.7 millones de euros.

Distinción

En su auto el juez distingue entre la actuación de otras entidades bancarias y CaixaBank. El magistrado recuerda que, a raíz de la llamada operación 'Snake', la Fiscalía Anticorrupción y el juzgado número 7 de Parla, solicitaron información a las entidades bancarias sobre las comunicaciones que habían cursado al SEPBLAC por las operaciones investigadas.

18 bancos reportaron que habían comunicado al SEPBLAC un total de 109 expedientes relacionados con 111 empresas y 42 personas físicas de la organización 'Snake', por movimientos sospechosos de blanqueo. El juez añade que, en el caso de ICBC no hubo ninguna comunicación y en la caso de CaixaBank se localizaron 4 de una de las sucursales investigadas, cuyo director pese advertir indicios de blanqueo en una de las cuentas, “permitieron a su administrador contratar nuevas cuentas para otra sociedad de su propiedad y cliente de la misma sucursal”.

Un patrón común de actuación

El auto detalla las operaciones investigadas a las 10 sucursales implicadas, situadas en distritos cercanos al Polígono Cobo Calleja de Madrid. El auto analiza toda la información sobre los clientes investigados, de los que existía carencias de información y de control sobre su operativa.

Los directores implicados permitieron el uso de testaferros, actividades económicas no justificadas, con repetición de un patrón falsario de ingresos en efectivo para eludir a Hacienda, fraccionando facturas, con empresas instrumentales y sin controlar a los clientes. Los directivos de esas sucursales, según el juez, permitieron que otras personas distintas a los titulares firmaran operaciones de ingresos o transferencias.

A través de la banca 'on line', los líderes de la organización criminal también operaban, sin necesidad de desplazar a testaferros instrumentales a las entidades bancarias. El juez cifra en 50 sociedades de la trama y 16 personas físicas las que utilizaron la banca electrónica de CaixaBank.

Compartiendo IP's

Los directores de las sucursales investigadas permitieron a las organizaciones 'Snake', 'Chequia', 'Emperador', 'Juguetes' que realizaran ingresos compartiendo IPs, compartiendo beneficiarios comunes. En el caso 'Emperador', por ejemplo, ordenaron 2.254 transferencias por valor de 41.648.140 euros.

Las organizaciones investigadas dividían las remesas de dinero procedentes de sus ganancias ilícitas en cantidades más pequeñas, entre 20.000 y 35.000 euros. A veces se producían ingresos de efectivo simultáneos en el mismo día, hora y cantidad entre varias sociedades aparentemente desvinculadas entre sí y realizadas por su administrador de perfil testaferro.

Respecto a las transferencias a China y Hong Kong, el juez considera que los directivos y empleados de las sucursales investigadas “eran conocedores de los saldos diarios que se transferían y que sus importes eran siempre inferiores a 50.000 euros, al objeto de eludir la obligación de declararlas conforme a la normativa del Banco de España y permanecer así los movimientos ocultos para el seguimiento de las operaciones de tráfico de divisas”.

Responsabilidad como persona jurídica

Los hechos relatados en el auto describen, según el juez graves fallos del sistema de control para la prevención del blanqueo de capitales, que se habían puesto de manifiesto desde 2013 y que eran conocidos por todo el personal directivo de la entidad CaixaBank, “ y en especial por el que fue su responsable de cumplimiento normativo al tiempo de los hechos”.

Es por ello que el juez Ismael Moreno considera procedente incluir a la entidad como persona jurídica, sin perjuicio de los indicios de responsabilidad descritos en las 10 sucursales investigadas, por hechos ajenos cometidos por sus empleados y directivos, basados en la responsabilidad “in elegendo, in vigilando o in instruendo” de los administradores respecto a los hechos cometidos por sus empleados.

Esa responsabilidad es transferida a la persona jurídica, en tanto que CaixaBank no implementó las medidas necesarias y adecuadas de prevención, pese a conocer los riesgos en los que incurrió su red de sucursales y cajeros automáticos y tener las herramientas necesarias para ello: “se permitió operar, obviando la diligencia debida, a nacionales de países asiáticos sospechosos de estar implicados en investigaciones por blanqueo y fraude.

Igualmente no procedió a la necesaria comunicación al órgano de prevención (SEPBLAC) para atajar la presunta práctica delictiva.” Ese incumplimiento de sus obligaciones de diligencia debida, añade el juez, como sujeto obligado a ser la primera frontera de prevención para impedir que las ganancias ilícitas de las organizaciones criminales puedan introducirse en el circuito económico “ fue contumaz y no episódico”.