El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía (Tarcja) ha desestimado un recurso presentado por la Asociación Andaluza de Empresas Educativas, Culturales y de Ocio (Aaeeco) contra el anuncio, los pliegos de cláusulas y prescripciones técnicas para la licitación del servicio de monitores de comedores de gestión directa en centros escolares de Córdoba. La resolución responde a un recurso que se plantea en cuanto a la revisión de los precios de salida, fijados por la administración pública en 10,90 euros/hora por monitor. Tras el cálculo de los costes, Aaeeco había calculado que el precio de salida adecuado fuera como mínimo de 12,74 euros/hora por monitor, es decir, un incremento de 1,84 euros más del precio inicial. Para obtener este cálculo, la patronal se basa en los costes salariales del marco estatal de Ocio Educativo en la categoría de monitor. El tribunal indica que el órgano de contratación lo considera un gasto excesivo, ya que está prevista la subrogación del personal, mientras que, al no estar previsto, no se estiman oportunos los gastos de coordinación, y los generales no son susceptibles de ser valorados por el tribunal por ser gastos subjetivos y, por tanto, poder variar de una empresa a otra.