La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha dictado una sentencia por la que condena a un hombre, de unos 35 años en el momento de los hechos, a una pena de seis años y seis meses de prisión, la privación de la patria potestad y una orden de alejamiento de diez años, acusado de un delito continuado de abusos sexuales, supuestamente cometido sobre su hija de tres años de edad.

Según recoge la sentencia, el procesado mantuvo una relación con una mujer, fruto de la cual nació la menor. Si bien, tras el cese de la relación entre ambos, en virtud de una sentencia de junio de 2012, el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Córdoba estableció un régimen de visitas en favor del padre, con estancias de la menor los martes y jueves por la tarde y los fines de semana alternos de jueves a lunes, así como en vacaciones. Tal régimen de visitas se cumplía «sin incidencias» y pernoctaban en un domicilio que el acusado compartía con sus padres y con una hermana. Durante esas estancias, «el padre y la menor compartían dormitorio y el padre era quien realizaba las labores de higiene habituales respecto de la niña», según detallan los magistrados.

No obstante, durante un periodo no determinado de tiempo, incluso anterior a julio de 2014, el acusado, «aprovechando el régimen de visitas y la estancia con la menor», supuestamente le realizó distintos tocamientos «en un número de ocasiones no determinado, pero, en todo caso, en varias ocasiones, con ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos». Al respecto, los jueces exponen que «la persistencia» en la incriminación es «clara» y señalan que «desde el inicio el relato de la menor es constante, reiterado y prácticamente sin contradicciones», a lo que agregan «la declaración casa con el resto de las pruebas testificales y periciales practicadas». El acusado se encuentra en prisión provisional por esta causa desde el 22 de julio del 2015. El Ministerio Público pidió retirar la patria potestad, seis años y seis meses de prisión y una orden de alejamiento de diez años, misma petición que realizó la acusación particular. Mientras, la defensa solicitó la absolución.