A tenor de las coordenadas que condicionarán la PAC a partir de 2020 la Comisión Europea, estableciendo en su propuesta un nuevo modelo de organización, tendente a la temida renacionalización de las ayudas comunitarias, ha liberalizado el modo de cumplimiento por parte de sus beneficiarios, agricultores y ganaderos, mujeres y hombres, de los requisitos y normas implícitas en lo ordenado por la aplicable reglamentación comunitaria, que, no obstante, habrán de acatar para poder optar a las concernientes ayudas económicas, incluyendo la más estricta observancia de la normativa medioambiental, pudiendo, además, hacerse beneficiarios algunos cultivos no alimentarios. Delegando la responsabilidad de todo ello, y los efectos del global acatamiento, en cada Estado Miembro, mediante la correspondiente elaboración de su propio plan estratégico, para el período 2020-2027, donde queden recogidas el conjunto de las medidas ejecutables, (en ayudas directas y en desarrollo rural) ajustadamente según productor y zonas preestablecidas.

Planes que tendrán que alcanzar los concretos objetivos propuestos por la Comisión, siendo comunes para todos países de la UE. De tal manera que anualmente cada país, miembro comunitario, deberá presentar ante la citada institución un informe donde se concrete el grado de cumplimiento de los objetivos que se han logrado con la aplicación de su propio plan estratégico, dentro de los cuales podrá preverse la detracción de hasta un máximo del 3% del montante consignado de las ayudas económicas, que ya llegaran aminoradas, para iniciar programas sectoriales en frutas y hortalizas, vino y aceite de oliva.

Por otro lado el modelo de simplificación que se trae a colación queda establecido sólo para la Comisión, ciñéndose su actividad al control del grado de cumplimiento de los objetivos del conjunto de los diversos planes estratégicos. Lo que no acaecerá con respecto a lo que compete a los estados miembros, que tienen que alumbrar y ordenar las acciones a ejecutar, ni a los productores sobre los que recaen, que están obligados a realizarlas.

* Doctor ingeniero agrónomo. Licenciado en Derecho