Un juez ha obligado al Banco Popular a devolver a un cliente su inversión en la ampliación de capital. La sentencia declara nula la compra en el banco, propiedad ahora del grupo Santander, porque la situación financiera que recogía el folleto informativo no era la real.

Así, el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Oviedo ha dictado una sentencia en la que declara «la anulación de la suscripción de acciones» realizada por un inversor entre el 6 de junio y el 30 de noviembre del 2016 porque la información que ofreció la entidad sobre sus cuentas de ese año «era totalmente distinta de la real».

Se trata de la primera sentencia dictada en España en la que se anula la compra de acciones del Banco Popular en el marco de la ampliación de capital por valor de 2.500 millones de euros efectuada en junio del 2016.

En concreto, el titular del juzgado asturiano declara la anulación de la compra de 5.000 acciones realizada por un minorista por importe de 5.455,65 euros, que la entidad deberá restituir al demandante más los intereses. En su momento, el demandante, representado por el jefe del servicio jurídico de la Unión de Consumidores de Asturias, alegó un error en la prestación del consentimiento del consumidor al no contar con la insuficiente información.