Teniendo en cuenta que la actual regulación de las alturas métricas de los edificios afectados por el Plan Especial en Priego oscila entre los 6,50 metros para los de dos plantas y los 12,50 metros en aquellas de cuatro plantas, uno de los principales inconvenientes que afrontaban los edificios afectados por esta normativa era el relacionado con la instalación de sistemas de climatización --aire acondicionado o suelo radiante-- o la insonorización de los locales comerciales, al existir un margen de 0,50 metros totales para alojar estas instalaciones entre las distintas plantas. De ahí que en muchos casos resultara complicado compatibilizar la normativa sectorial, al resultar muy compleja la ubicación de estas instalaciones, que a partir de la aprobación de esta modificación contarán con un mayor espacio.