El POT fija unas zonas de cautela frente a las inundaciones como medida provisional mientras la Agencia Andaluza del Agua elabora los estudios que definirán los límites de las zonas inundables. Los planes urbanísticos deben tenerlas en cuenta y considerarlas como suelos no urbanizables de especial protección para evitar que se edifique en ellas. La prioridad de deslinde se estableció en los ríos Guadajoz, Cabra y Genil. El arroyo Salado de Santaella no estaba, pero se ha incorporado tras las inundaciones del pasado año. Este arroyo arrasó con dos puentes.

En cuanto a las parcelaciones, que centraron algunas de las alegaciones de los ayuntamientos, el POT abre el camino a la legalización, que deja en manos de los planes urbanísticos de cada municipio en las mismas condiciones que establezca el decreto que prepara la Junta, es decir, realizar inventarios, ver cuáles entran como suelo urbanizable y cuáles como urbano no consolidado (a unas se les exigirá la cesión de suelo para equipamientos y VPO y a otras no), y en todos los casos los servicios los pagan los propietarios. Como novedad, se ha introducido un porcentaje para determinar la consolidación (50%). La excepción a la legalización es la misma, los suelos no urbanizables de especial protección y las zonas inundables. Las no legalizables seguirán como fuera de ordenación y sin posibilidad de servicios. El único cambio introducido es que la redacción se ha adaptado a las previsiones del decreto.