La aplicación y puesta en marcha del registro horario en las empresas cordobesas está tropezando con algunos problemas prácticos, que en el peor de los casos, cuando falla la negociación colectiva, está llegando incluso al Sercla (de momento, los sindicatos no tienen constancia de que haya llegado a los juzgados). Inspectores, empresarios y sindicatos insisten, en cualquier caso, en que el registro horario se puso en marcha para lograr un mejor control de la jornada de trabajo y aumentar la seguridad jurídica del empleado y del empleador.

Pero la casuística de dudas es amplia. Por ejemplo, ¿deben computarse como trabajo efectivo los 15 minutos del desayuno? ¿Y el teletrabajo o las horas de formación, cómo se miden? ¿Y las jornadas de los comerciales que no pasan por el centro de trabajo para empezar a trabajar? ¿Qué hacer con quienes se trasladan entre un centro y otro de trabajo dentro de la misma jornada? ¿Y qué pasa con los trabajadores del campo?

Hace unas semanas, en el transcurso de unas jornadas en Barcelona organizadas por la empresa de facturación Sage, los inspectores de Trabajo y Seguridad Social invitados constataron que la clave para cumplir con esta obligación está en el sentido común. «La ley no dice cómo se debe organizar este registro, pero sí que la empresa tiene que garantizar que se haga». En esas jornadas, los inspectores vinieron a decir que los negocios que se esfuercen en garantizar el cumplimiento del registro no tendrán problemas, pero desde luego la norma prevé infracciones, que en función de su graduación puede suponer una sanción de entre 626s y 6.250 euros.

Antonio Arroyo, responsable del área jurídico-laboral y formación de CECO, recuerda que en relación al registro horario (que entró en vigor el 12 de mayo del 2019), tienen la obligación de contar con él todas las empresas con trabajadores contratados. «Deberán tener un registro de entrada y de salida, si bien la norma no especifica modelo ni requisito alguno que deba tener dicho registro». Arroyo reconoce que no es fácil aconsejar: «Son difíciles las recomendaciones generales en esta materia, ya que cada empresa puede tener características especiales que le impidan seguir un modelo tasado, caso de empresas agrícolas, con personal con movilidad, con mucha labor comercial de calle u oficinas puras, donde el registro es mucho más sencillo». En este sentido, recuerda que hay registros manuales --las empresas pequeñas han apostado por este sistema, más barato aunque más manipulable-- y controles de huella, tarjeta o a través de dispositivos móviles. «Cualquier sistema es válido siempre que se pueda acreditar la entrada y salida del trabajo».

Por su parte, Aurelio Martín, responsable de acción sindical de CCOO, incide en que el registro, pese a todo, es «una reivindicación histórica y representa un avance para saber realmente lo que trabaja la gente y que afloren las horas extras encubiertas». Esa constatación no es óbice para reconocer que su aplicación se está topando con dificultades derivadas, según el sindicato, de la ambigüedad de la norma que se limita a hablar de la entrada y la salida. «Los tiempos del medio quedan mal definidos», añade Martín, que recuerda que es ahí donde debe intervenir la negociación. Por ejemplo, los minutos del desayuno, ¿deben o no computarse como horario de trabajo efectivo? La respuesta de los sindicatos es clara: negociación.

Desde CCOO la propuesta es solucionar estos dilemas entre las dos partes y respetar «los usos y costumbres que se vinieran haciendo históricamente en la empresa». Es decir, «si siempre se ha salido 15 o 20 minutos a desayunar regularlo, no irse a la norma que marca el estatuto poniendo como excusa que tienen que controlar ese tiempo de descanso». Es más, en una jornada completa, el trabajador tendría derecho a esos minutos, pero «si la jornada es partida y no trabajas más de 6 horas no te corresponde nada o sí, pero no se computa como tiempo efectivo de trabajo».

Este dilema es el que están sufriendo trabajadores de oficina o los de la banca, donde esos 15 minutos de descanso siempre se habían computado dentro del horario de trabajo. En Cajasur, por ejemplo, está de plena actualidad, ya que el registro automático comenzará a aplicarse el 1 de febrero, «tras consulta con los representantes de los trabajadores», informan fuentes de la entidad. Para solventar las cuestiones que se abordan en este artículo, según estas fuentes, «el sistema recoge la posibilidad de introducir las diferentes incidencias que puedan producirse a lo largo de la jornada, de forma que queda registrado el tiempo de trabajo efectivo de forma fiable y accesible, contando con la validación por parte de los responsables». Además, explican que el departamento de recursos humanos ha abierto «un canal para cualquier duda o incidencia». José Carlos Molero (CCOO) lamenta que no haya habido unidad sindical para negociar --como había propuesto la empresa-- este tema de manera separada al resto del convenio. El registro horario se está resistiendo en la banca en general (solo BBVA lo ha aplicado, Santander, Caixabank, Bankia o Sabadell aún no) y los sindicatos creen que detrás de esa resistencia están las horas extra no pagadas a sus trabajadores.

En el acuerdo parcial del convenio colectivo de banca, firmado por los sindicatos y la patronal de la banca (AEB) de 18 de diciembre del 2019, se estipula que «en el ámbito de cada empresa se podrán concretar los tiempos y pausas que no se consideren tiempo efectivo de trabajo». El acuerdo considera tiempo efectivo el de formación, la asistencia a reuniones dentro o fuera de la jornada y los 15 minutos diarios de descanso obligatorio regulados legal o convencionalmente. Por contra, no lo será el tiempo de la comida, cuando se preste el servicio en régimen de jornada partida.