El juzgado de lo Social número 2 de Córdoba ha anulado la instrucción de vacaciones 2020 impartida para los empleados del Ayuntamiento de Córdoba por la Delegación de Recursos Humanos y Salud Laboral del Ayuntamiento de Córdoba, después de admitir a trámite una denuncia formalizada por el sindicato CGT y tras entender que la orden es contraria al convenio colectivo e incluso al Estatuto de los Trabajadores.

En concreto, el juzgado anula el acuerdo en el apartado que determina que este año, debido a las circunstancias excepcionales causadas por la pandemia del covid-19, los trabajadores debían coger la mitad de las vacaciones anuales en el periodo comprendido entre el 15 de junio al 15 de septiembre, mientras que la otra mitad podría disfrutarse hasta el 31 de enero de 2021. No obstante, la orden añadía para esa segunda mitad del periodo vacacional, --y eso es lo que discute la sentencia--, que «cuando se prevea el cierre de las instalaciones debido a la inactividad estacional de determinados servicios públicos, los periodos de disfrute de las vacaciones coincidirán con la franja temporal de cierre».

El juez determina que esa decisión será «preferente que no obligatoria» ya que el convenio estipula que «aquellos centros que cierren sus instalaciones por la interrupción del servicio, el disfrute vacacional será preferentemente coincidente con el cierre del mismo». Así, el fallo dictamina que «frente al carácter preferente se ha impuesto disfrutar de la mitad de las vacaciones de manera obligatoria entre el 15 de junio y el 15 de septiembre» e igualmente «se ha impuesto disfrutar de este periodo de descanso de manera obligatoria (y no preferente)» ante un posible cierre de las instalaciones municipales.

En esta línea, apunta el juzgado, «esta decisión empresarial no sólo es contraria al convenio, sino también a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, artículo 38,2, que exige el acuerdo entre empresario y trabajador para fijar el periodo de vacaciones, a la vista del plan anual y de lo establecido en el convenio».