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MEDIDAS DEL AYUNTAMIENTO PARA AYUDAR A LAS EMPRESAS TRAS LA PANDEMIA

Abierto el plazo para solicitar las ayudas del Plan Reemprende de Lucena

Se trata de subvenciones directas de 1.200 euros a profesionales y pymes

Abierto el plazo para solicitar las ayudas del Plan Reemprende de LucenaJ.A.F.

Este martes se ha abierto el plazo para presentar las solicitudes a la convocatoria de las ayudas Reemprende 2021, una iniciativa del Ayuntamiento de Lucena que en su segunda edición se plasma en subvenciones directas de 1.200 euros a profesionales autónomos y pymes de sectores productivos más dañados por la crisis sanitaria.

Esta convocatoria presenta importantes novedades respecto a la primera edición para ganar en agilidad a la hora de la tramitación administrativa y en rapidez en cuanto al cobro de la ayuda por parte del beneficiario. Se elimina la baremación, se reduce la documentación a aportar y se suprime el trámite de la justificación. Como parte del programa de reactivación de la economía de Lucena, las ayudas Reemprende 2021 se dirigen a los sectores productivos más afectados por la pandemia. Se pretende habilitar una línea de cooperación con el tejido comercial y empresarial que les permita recuperar la actividad, amortiguando, en la medida de lo posible, la importante reducción de ingresos que vienen soportando desde la declaración del Estado de Alarma.

Así, los beneficiarios, en el caso de profesionales autónomos, deben estar afiliados a la Seguridad Social, al menos, desde la fecha de la declaración del estado de alarma, condición que se debe mantener a fecha de presentación de la solicitud. Para aquellas actividades que se presten en intervalos discontinuos en el tiempo, se exigirá que estuviera afiliado como autónomo y con el alta en vigor en algún momento en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2018 a 14 de marzo de 2020.

En el caso de las pymes, además de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tener domicilio fiscal en Lucena, pueden acogerse a esta convocatoria aquellas empresas que tengan hasta 12 trabajadores a tiempo completo. Para el caso de que los beneficiarios cuenten con trabajadores contratados en un porcentaje inferior al 100% de la jornada, se considerará la suma de dichos porcentajes, hasta alcanzar el cómputo de un trabajador a jornada completa. 

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