Hace 38 años que España cesa la actividad cada 6 de diciembre para celebrar el referéndum que dio luz verde, tras una guerra civil y 40 años de dictadura, a la Constitución española, un texto consensuado que estableció el marco de convivencia de todos los españoles. Aunque de ese referéndum hace 43 años, no fue hasta 1983 cuando se estableció como festivo nacional el Día de la Constitución. Cuando llega esta fecha, a menudo resurge en España el debate sobre la vigencia de la Carta Magna, una de las más jóvenes y menos reformadas de la Unión Europea, ya que la mayoría de los textos constitucionales de los países vecinos se votaron tras la II Guerra Mundial y se han sometido a múltiples modificaciones, al contrario que la nuestra, reformada dos veces y por imposición europea, primero por el Tratado de Maastrich y en 2011, para incorporar el principio de estabilidad presupuestaria .

Criticar la Constitución es fácil y gratuito. Pero, ¿hablamos con conocimiento de causa? Según Miguel Agudo, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Córdoba, «la gente sabe más de la Constitución de lo que cree». El texto constitucional tiene dos partes claramente diferenciadas, «una sobre derechos y otra sobre los órganos constitucionales y la forma de estado», detalla, «la participación en las elecciones y lo que sale en los medios de comunicación da una idea a los ciudadanos de cómo funciona el Parlamento, el Gobierno, qué es una moción de censura, cuáles son las funciones del Rey...». Otra cosa es la parte de los derechos, «mucho más técnica y compleja y de la que se sabe menos». En su opinión, «todo el mundo debería tener un conocimiento más amplio de la Constitución, no solo porque es la pieza clave de nuestro ordenamiento jurídico sino por ser la base de nuestra convivencia, el conjunto de valores y reglas que nos hemos dado como sociedad».

Una reforma requiere consenso, imponer una visión es presagio de fracaso si hablamos de Constitución

Miguel Agudo - Catedrático de Derecho Constitucional

La doctora en Derecho Constitucional María Dolores Montero es más crítica. «Creo que todo el mundo sabe que hay una Constitución porque se oye en los debates parlamentarios, muchas veces como elemento de confrontación, pero poca gente entiende de lo que habla». En su opinión, «todo el mundo debería conocer al menos el título preliminar». En él se recoge que la Constitución es la norma fundamental del Estado, por lo que ninguna ley puede contravenirla, además de 9 artículos que definen los valores superiores que la inspiran, la identidad propia del estado español; que nuestra forma de gobierno es una monarquía, pero parlamentaria; la unidad del estado, limitada por la capacidad de autonomía de los territorios; saber que en ella se regulan las instituciones básicas del estado, que hay tres poderes diferenciados y una serie de derechos con distinto rango de protección.

Charla impartida en el IES Villarrubia sobre la Constitución. CÓRDOBA

En la facultad, los estudiantes tienen la asignatura de Derecho Constitucional desde el primer día de clase. Tanto Agudo como Montero creen que se trata de una asignatura básica para la formación de un jurista y además resulta muy atractiva para el alumnado, que generalmente llega a la carrera sin tener ni idea de su contenido. Esta asignatura les lleva, además, a desarrollar el espíritu crítico fundamentado que debe tener todo jurista, subrayan, y les ayuda a discernir qué es lo que objetivamente dice la Constitución. «Cuando completan los dos cuatrimestres de la asignatura valoran el hecho de que la Constitución se redactara por partidos políticos muy contrarios, que fueron capaces de consensuar un texto que contentara a izquierdas y a derechas, y se dan cuenta de que con el actual clima político esto sería prácticamente imposible», coinciden ambos profesores. Para el alumnado, lo increíble es que siga habiendo artículos desfasados que no se hayan revisado aún. La Facultad de Derecho y ADE ha puesto en marcha un proyecto de innovación docente que está llevando a estudiantes de primer curso a dar charlas sobre la Constitución en los institutos. Pablo Bustamante y María Gómez son dos de ellos. Según Bustamante, que ha acudido con dos compañeros a su antiguo instituto, el IES Villarrubia, «hay mucho desconocimiento, por eso les damos la base de cómo se elaboró la Constitución, qué pasó en la Transición, que hay derechos protegidos al cien por cien como la vida o la educación y otros como la vivienda o la salud con menos garantías y les explicamos qué hace falta para realizar una reforma o una revisión (no es lo mismo) del texto».

Los alumnos valoran que se redactara por partidos políticos muy contrarios, algo que ahora sería imposible

María Dolores Montero - Doctora en Derecho Constitucional

María Gómez cree que los alumnos «memorizan algunos conceptos para el examen, pero no entienden muy bien qué es la Constitución». En la charla que impartió, se centró en aspectos prácticos y les habló de la división de poderes, qué significa que España sea un estado social y democrático o la diferencia entre los derechos fundamentales y otros derechos como el de la vivienda, que se establecen como utopía a la que debe aspirar el Estado y que requiere herramientas legislativas para poder alcanzarlos». No está de acuerdo con quienes piensan que la Constitución hoy es papel mojado. «La gente no se da cuenta del amplio margen que deja para legislar según distintas interpretaciones, el problema no es la Constitución sino si los políticos legislan de un modo u otro».

43 años después de la Carta Magna del consenso, en clase de Derecho Constitucional, según profesores y alumnos, hay artículos que causan estupor. «Hay partes de la Constitución que no tienen sentido en el siglo XXI», explica Bustamante. «Uno de los que más choca es el que establece que el varón tiene preferencia en la Sucesión a la Corona frente a la mujer». También llama la atención el artículo que reza: «El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica...», un artículo que, como bien explica María Gómez, «justificó el recurso de inconstitucionalidad contra el matrimonio homosexual del PP hasta que el TC interpretó que ese artículo regula que ambos tienen derecho al matrimonio, pero no que tengan que casarse entre sí». A los jóvenes cordobeses, «salvo los que tienen un posición política más definida», les preocupa menos los artículos como la forma de Estado (monarquía o república) y el modelo territorial.

Charla de María Gómez en el Colegio de Las Esclavas. CÓRDOBA

Para Miguel Agudo, desde el punto de vista jurídico, hay partes del texto que necesitarían una revisión urgente. Sin embargo, se muestra «pesimista» sobre la capacidad de la actual clase política de llegar a un acuerdo de ese calibre. «Una reforma requiere consenso, imponer una visión es presagio de fracaso si hablamos de Constitución», recalca. En el lado positivo, la Constitución cada vez está más presente en el ámbito judicial gracias a la formación específica de los nuevos jueces «que, a diferencia de sus antecesores, que carecían de ella porque en muchos casos no existía cuando estudiaron, tienen esta norma, de la que emanan todas las demás, muy presente a la hora de fundamentar sus sentencias».

No creo que la Constitución sea papel mojado, la gente no sabe el amplio margen de interpretación que tiene

María Gómez - Estudiante de Derecho

En cuanto a los artículos a reformar, Agudo y Montero están de acuerdo con sus alumnos en que el acceso preferente del varón al trono es algo «sangrante», una cuestión «aplazada por una realidad fáctica, el hecho de que el Rey ha tenido dos hijas, pese a lo cual debería corregirse», coinciden. Para Agudo, habría que actualizar además la definición del papel que juega el Senado, una cámara de representación territorial solo en la teoría, además de dar más protección constitucional a derechos claves como la salud, la vivienda o el medio ambiente, que no están protegidos constitucionalmente como derechos fundamentales. Según su percepción, «los estudiantes creen que los derechos sociales relacionados con el estado del bienestar necesitarían una mayor protección constitucional. Agudo echa también en falta la concreción explícita de la relación de España con la Unión Europea.

Montero añade a estos artículos otros que también han quedado desfasados como «el título 8, establecido para una España preautonómica, ya que define cómo debe proceder un territorio para constituirse en comunidad autónoma». En los años 80, sentencia, «quedó obsoleto». A cambio, «debería incluirse un título que nombrara cuáles son las comunidades del Estado español». También alude al artículo 18.3, que garantiza «el secreto de las comunicaciones y en especial, postales telegráficas y telefónicas». Ya es hora, en su opinión, de incluir referencias a internet, a la protección de datos personales o aludir a la inteligencia artificial, ya que todo esto está generando muchos problemas jurídicos».

Uno de los artículos que más nos choca es el que da preferencia al varón frente a la mujer en la sucesión de la corona

Pablo Bustamante - Estudiante de Derecho

Pero la Constitución no solo establece derechos, también fija una serie de obligaciones que el ciudadano debe conocer. Uno de los deberes más importantes que recoge la Constitución Española es el deber de contribuir con los impuestos. Lo recoge el artículo 31: «Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio». Aquello de Hacienda somos todos es una obligación constitucional. Otro de los deberes, recuerda la profesora Montero, se encuentra en el artículo 35, que fija la obligación por delante que el derecho: «Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente (...) , sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo». Trabajar y pagar impuestos no solo es un derecho sino un deber constitucional.

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La Constitución Española está compuesta por 169 artículos, 4 disposiciones adicionales, 9 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 1 disposición final que insta a los españoles, particulares y autoridades a guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado. De todos esos artículos, Miguel Agudo se queda con el 10.1 que dice así: «La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social». En su opinión, es «la base de todo, del constitucionalismo y del modelo de convivencia basado en constituciones». María Dolores Montero, por su parte, destaca entre sus favoritos el artículo 14: «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social». Considera que es la base del capítulo II y la base del principio de igualdad. Por último, María Gómez elige el 1.1: «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político». Le gusta porque la definición de «estado social» (no liberal como EEUU) engloba otros valores del estado del bienestar y «de derecho» que las leyes existen y se cumplen». ¿Cuál es tu artículo favorito?