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SENTENCIA DE UN JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CORDOBA.

Condenan a un cirujano plástico por las secuelas de una paciente

Le realizaron una abdominoplastia para tratar un problema urinario.Por las infecciones tuvo que volver a ser operada y además perdió mucha sangre.

Condenan a un cirujano plástico por las secuelas de una paciente

El juzgado de Primera Instancia número 6 ha condenado a un cirujano plástico a que indemnice a una paciente con 120.000 euros por las secuelas psíquicas y físicas derivadas de una abdominoplastia, a la que la paciente se sometió en septiembre del 2003 en el hospital San Juan de Dios. La abdominoplastia es una cirugía por la que se remodela el abdomen, la cintura y la forma del tronco del cuerpo. La sentencia, difundida por la asociación El Defensor del Paciente, recoge que la mujer acudió por primera vez en abril de 2002 al hospital Reina Sofía, donde se estimó la necesidad de intervenirla como posible tratamiento coadyuvante a la incontinencia urinaria que padecía.

El facultativo que la atendió registró en su historial incontinencia urinaria, nódulo tiroideo, tratamiento psiquiátrico, obesidad moderada y fumadora.

En mayo del mismo año fue valorada por el servicio de Cirugía Plástica y, en marzo de 2003, firmó un documento que autorizaba al médico demandado la intervención de dermolipectomía.

Dos meses más tarde, se le realizó a la paciente una primera valoración en la que se reflejó que se iba a hacer una abdominoplastia, constando los antecedentes de depresión, prolapso vesical, tabaquismo y anemia.

A continuación, se hizo a la mujer un análisis en el que se reflejaba anemia y, finalmente fue intervenida en septiembre del 2003, día en el que dio niveles muy altos de anemia y en el que llegó a perder un 50% de sangre, precisando transfusiones. En octubre de ese año tuvo que ser ingresada en el Reina Sofía presentando una herida abierta, con signos de infección y necrosis, por lo que tuvo que volver a ser intervenida y fue dada de alta en noviembre.

El juez considera que el tratamiento quirúrgico realizado a la mujer en San Juan de Dios estaba contraindicado, al existir otras prioridades. Además, se indica en la sentencia que el médico demandado no valoró concretamente el estado de salud preexistente de la paciente por lo que se decidió por una cirugía arriesgada.

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