El rapero R. Kelly sigue en prisión para evitar el riesgo de suicidio
Su abogado señala que esa retención se produce "únicamente con fines punitivos y debido a su condición de recluso de alto perfil"
El cantante estadounidense R. Kelly, condenado en Nueva York a 30 años de cárcel por crimen organizado y abuso y tráfico sexual, sigue bajo vigilancia suicida en una prisión en esta ciudad por su propio beneficio, de acuerdo con documentos presentados por la fiscalía al tribunal federal, señala hoy la cadena CBS.
La estrella del R&B de la década de los años 90 fue sentenciado el pasado 29 de junio, nueve meses después de que fuera declarado culpable en un proceso que se prolongó seis semanas y en el que decenas de personas testificaron en su contra.
Sin embargo, su abogado acudió el pasado viernes a la corte, dos días después de la condena, para presentar un documento en el que reclama que su cliente está bajo vigilancia en el Centro de Detención Metropolitano "únicamente con fines punitivos y debido a su condición de recluso de alto perfil", señala además CBS.
R. Kelly, condenado a 30 años de cárcel por abusos sexuales y crimen organizado
El abogado de Kelly aseguró además al tribunal que su cliente no ha tenido pensamientos de hacerse daño.
De inmediato, la fiscalía federal respondió con un documento en que rechaza las alegaciones de la defensa y asegura que la vigilancia es para proteger a Kelly porque "las circunstancias" de su vida actual "sin duda traen angustia emocional”.
"Es un ofensor sexual convicto que ha sido sentenciado a pasar las próximas tres décadas en prisión", indicó en el documento la fiscal Melanie Speight.
Recordó que el famoso artista enfrenta aún otro juicio en un tribunal federal en Chicago por cargos relacionados con la pornografía infantil.
Mientras que la fiscal federal Jennifer Bonjean recordó en el mismo documento que aunque las condiciones de la vigilancia del suicidio pueden ser apropiadas para las personas que realmente corren el riesgo de lastimarse, "son crueles e inconstitucionales" según la Octava Enmienda (de la Constitución) para quienes no tienen tendencias suicidas.
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