El juez titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Córdoba ha absuelto a un hombre acusado de un delito de amenazas contra su mujer a la que dijo por teléfono que le cortaría el cuello. Según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, «este juzgador tuvo por justificado la realidad de las expresiones vertidas, pero igualmente tuvo por acreditado que al acusado no tenía una intención seria de anunciar la causación de un mal a que se refiere el delito de amenazas, faltando por ello el elemento subjetivo del injusto, cual es la intención de producir temor en la persona denunciante».

El magistrado ha considerado en su resolución final que el acusado, que fue defendido por el letrado Marcos Santiago, mantuvo una discusión telefónica con su mujer, en la que ésta «le provocaba a que dijera lo que luego dijo, pero que en ningún momento lo hizo con la intención de atemorizar a la mujer».

Según se recoge en la sentencia, durante la conversación la exmujer del acusado le dijo que «no tenía cojones» y de forma reiterada le increpó diciendo «dime otra vez que me vas a cortar la cabeza, que me vas a cortar el cuello», entre otras frases, ante las cuales fue cuando el acusado profirió la frase por la que estaba acusado, como «reacción sin propósito serio ante la provocación y ofensas recibidas».

El juez concluye en el fallo que tales hechos «no constituyen un delito de amenazas en el ámbito doméstico» y resuelve absolver al acusado.