La renta mínima de inserción social no es una ayuda más a fondo perdido. El objetivo de esta medida es propiciar la inserción de los beneficiarios en el mercado laboral y aunque, en ocasiones, venga a completar ingresos de trabajo demasiado bajos para sustentar a una unidad familiar, la idea es encarrilar a quienes se han quedado en la cuneta durante la crisis para que se vuelvan a incorporar a una vida normalizada.

Por ese motivo, salvo los mayores de 65 años con menores a su cargo, los solicitantes de esta ayuda deberán estar inscritos en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) como demandantes de empleo no ocupados, suscribir un compromiso de participación y cumplimiento de un Plan de Inclusión Sociolaboral y cumplir ciertas obligaciones como, por ejemplo, no rechazar ofertas de empleo adecuadas o garantizar la escolarización de los menores a cargo. Cabe destacar que todos los miembros de la unidad familiar deberán suscribir el plan de inclusión.

Este plan personalizado, que se adaptará al perfil de cada solicitante, deberá estar listo en el plazo de un mes a partir de la concesión de la prestación. La norma establece mecanismos para obligar al cumplimiento a los beneficiarios. De hecho, se podrá interrumpir si se detecta que se han falseado datos, si la persona beneficiaria se va de Andalucía o si se incumplen las medidas acordadas en el plan de inclusión laboral.

Según Manuel Merino, secretario de Empleo de CCOO, y Rafi Sanz, de UGT, ese plan de inclusión debe estar negociado con las personas beneficiarias e incluir una serie de acciones transversales en el ámbito social, de la salud, educación, vivienda, suministros vitales... que permitan garantizar la integración social y laboral.

Aunque ambos sindicatos consideran la renta mínima «una buena noticia» por lo que supone de protección para los más vulnerables, Merino cree que «el presupuesto asignado es insuficiente y no llegará a dar cobertura a todas las unidades familiares que cumplan los requisitos», por lo que exigen que se amplíe.

Por su parte, Sanz destaca como una novedad interesante el hecho de que se pueda interrumpir temporalmente la ayuda si la persona es contratada entre uno y seis meses. «Hay personas que rechazaban contratos por meses para no perder la prestación que estaban recibiendo, algo que esta medida viene a corregir», apuntó. Cuando acaba el contrato, se reiniciaría la percepción de la renta.

Aunque la Junta ya está recibiendo las primeras solicitudes, según informó ayer la delegada del Gobierno, el decreto ley prevé un plazo de dos meses para aprobar o denegar las solicitudes, por lo que es posible que las ayudas que se hayan solicitado en enero no se empiecen a cobrar hasta el próximo mes de marzo.