El juzgado de primera instancia número 47 de Barcelona ha condenado al FC Barcelona a pagar algo más de 57 millones de euros a Sogecable "de conformidad con los contratos de 12 de junio de 1999 y 15 de octubre de 2003", suscritos con Telefónica y Sogecable respectivamente, según señala la sentencia.

Estos contratos concedían a Sogecable todos los ingresos derivados de la participación de todas las secciones deportivas del Barcelona en las competiciones internacionales a cambio de una retribución fija, desde la temporada 2003-2004 a la 2007-08, ambas inclusive.

El juzgado estima la demanda presentada por Sogecable el 4 de mayo de 2007 contra el Barça, y declara que el club "tiene la obligación de satisfacer a Sogecable la totalidad de las percepciones económicas que reciba de la UEFA y de los correspondientes estamentos o entidades que organizan la Liga europea o Copa europea de baloncesto, balonmano y hockey por todos los conceptos" de su participación en las competiciones internacionales en esas áreas, más el IVA correspondiente.

En concreto, el juzgado condena al Barcelona, que entendía que sólo debía pagar a Sogecable las cantidades que recibía de la UEFA en concepto de derechos de televisión y no por otros derechos publicitarios o de imagen, a abonar a Sogecable la cantidad de 49.353.062 euros más el 16% de IVA, esto es, 57.249.552, correspondientes a las cantidades que dejaron de pagar por entender que no estaban especificadas en el contrato.

El FC Barcelona ya ha anunciado que hará frente al pago de estos 57 millones con los cerca de 30 millones que le adeuda Telefónica, en virtud de otra sentencia que acaba de ganar el club catalán, y que el resto lo pagará Televisión de Cataluña.