TRIBUNALES
La Audiencia absuelve a los dos profesores condenados por la muerte de un niño en los Baños de Popea
La sentencia del juzgado de lo Penal número 4 fue recurrida por la familia de la víctima y por los acusados

Los profesores acusados por la muerte de un alumno en los Baños de Popea, en una sesión del juicio. / MANUEL MURILLO
Diario CÓRDOBA
La Audiencia provincial de Córdoba ha absuelto a los dos profesores del instituto de enseñanza Secundaria Colonial, de Fuente Palmera, que fueron condenados en una sentencia del juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba por la muerte de un menor de 13 años de edad que se ahogó en los Baños de Popea, en Córdoba, cuando se encontraba de excursión.
Fuentes próximas al caso consultadas por este periódico así lo han confirmado, detallando que la Audiencia ha anulado la sentencia del Penal 4, pero contra esta resolución cabe interponer recurso.
Las mismas han recordado que la sentencia del Penal 4, que condenó a los docentes por un delito de homicidio por imprudencia profesional menos grave al pago de una multa de 3.600 euros, fue recurrida por todas las partes, tanto por la familia del menor fallecido, como por los profesores procesados.
Ahora, será necesario esperar para conocer si la familia de la víctima continúa adelante con el proceso judicial. El fallo fue conocido el pasado mes de junio, días después de que se celebrase el juicio. La magistrada titular del Penal 4 consideró que existió "una acción u omisión voluntaria no dolosa" por una falta de supervisión completa de los acusados cuando cinco menores, entre ellos la víctima, deciden nadar algo más adentro de la zona establecida en un primer lugar, con el fin de ir a un salto de agua que había cerca. En todo momento, eso sí, autorizados por los progenitores para el nado y por el tutor. Para ello y "sin que los acusados los debieran perder de vista dado que la visibilidad era buena y completa" se adentraron en el río atravesando una parte la que, al parecer, no se hacía pie.
En ningún momento, como dictó la sentencia, consta que los profesores, que grabaron en su teléfono móvil a los jóvenes nadando, advirtieran situación de peligro alguna ni señales de auxilio. Un argumento que se sustenta también en la declaración del resto de los otros 16 compañeros de clase. Los cuatro menores que iban con Juan David tampoco se percataron que su amigo no había salido del agua.
La jueza entendió que "debieron estar pendientes", especialmente, del grupo de nadadores que se iba alejando, ya que se movían hacia una zona que les tapaba la visibilidad en escasa parte y que podía entrañar más peligro. Además de que el resto de alumnos estaba comiendo fuera del agua o en la parte que no cubría. Y, pese a comprender que resulta "normal" que, con esas edades, "no parece del todo necesario vigilar de manera continua", subraya que no se percataron de que, cuando el grupo regresa, falta Juan David.
En el aspecto del recuento, en debate desde el inicio del proceso judicial, la sentencia eximió en cierta medida a la tutora, por no conocer a los integrantes del grupo que se alejó tras el permiso de su compañero, pero "al menos debió contarlos a la ida y a la vuelta", señala. El profesor, pese a conocerlos, no se dio cuenta de la ausencia del menor fallecido. Aun cuando los había estado grabando con el móvil.
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