La titular del Juzgado de lo Social número 4 de Almería ha desestimado la demanda de una trabajadora que reclamaba a su empresa una reducción y concreción horaria para poder hacerse cargo de su hija de cinco años al considerar que, además de las propuestas realizadas por la empresa para poder compatibilizar ambos aspectos, "hay guarderías que están todo el día abiertas" así como "jóvenes adolescentes que por un bajo coste se prestan a realizar funciones de canguro".

La sentencia, consultada por Europa Press, expone que la empleada contratada desde hace más de cuatro años solicitó a la empresa una reducción horaria para atender a su hija de cinco años. Propuso limitar de 20 a 18 horas a la semana su jornada y que su horario laboral fuese de 10.00 a 14.00 horas de lunes a jueves, y los viernes de 12.00 a 14.00 horas, si bien la empresa se negó a proporcionar dicho horario debido al régimen de turnos existente y le ofreció diversas alternativas.

La demandada alega que la encargada de zona habló con la empleada en dos ocasiones para proponerle el traslado a una tienda más cercana a su casa e, incluso, una reducción de 15 horas, a lo que la trabajadora "se ha opuesto sistemáticamente". Y apunta que la demandante no acredita "ningún motivo" que le impida trabajar por la tarde.