A lo largo de nuestra historia contemporánea hemos visto cambiar el sistema por el cual eran elegidos nuestros representantes. La Constitución de Cádiz estableció un sistema indirecto, que apenas se aplicó; más tarde, se instauró el sufragio censitario (restringido), con distritos uninominales y un sistema mayoritario, que favoreció la aparición del caciquismo en el reinado de Isabel II. La revolución del 68 trajo el sufragio universal para los varones, pero con la Restauración, a partir de la ley de 1878, se volvió al censitario, se mantuvieron los distritos uninominales, a excepción de las circunscripciones en capitales, con más de un diputado (en el caso de Córdoba, la capital junto con Montoro y Pozoblanco constituían una circunscripción con 3 diputados). Una nueva ley, en 1890, reconoció el derecho de sufragio para los varones mayores de 25 años e implantó el voto limitado en las circunscripciones, es decir, el elector no escogía el total de diputados que saldrían electos, sino inferior, y variaba según el número (por ejemplo, si la circunscripción tenía 4, el elector solo podía señalar 3). La limitación se mantuvo en la ley de 1907, que incluía su famoso art. 29, según el cual la proclamación equivaldría a la elección en los distritos o circunscripciones donde el número de candidatos fuese igual o menor al de los puestos elegir.

La II República suprimió los distritos uninominales, y se pasó a un sistema de listas con la provincia como circunscripción (a excepción de algunas capitales); se mantuvo el sistema de limitación a fin de garantizar la presencia de las minorías, y para ser elegido se exigía un porcentaje determinado de votos; si nadie los alcanzaba, se procedía a la segunda vuelta, a la que solo accedían quienes hubiesen llegado a su vez a un porcentaje mínimo. Con ese criterio, además de otorgar el derecho de sufragio pasivo para las mujeres, se eligieron las Cortes Constituyentes que aprobaron la Constitución de 1931, donde se reconoció el derecho de sufragio activo a las mujeres. Hubo cambios con la ley electoral de 1933, pero limitados a los criterios para constituir circunscripción en las capitales y a los requisitos en cuanto a porcentajes para realizar una segunda vuelta. El sistema favorecía a las grandes coaliciones electorales, como se puso de manifiesto a lo largo de aquellos años.

He citado estos datos porque en estos días se oyen propuestas de cambio, como por ejemplo ha hecho Susana Díaz, que no solo aboga por lo que su partido ya había planteado de desbloquear las listas, sino también por la necesidad de una segunda vuelta, lo cual tiene su complejidad. No obstante, me pregunto si hubiese lanzado esta propuesta de haber obtenido mayoría absoluta, y también si no es más importante analizar por qué en Andalucía no ha acudido a votar más del 36% de los electores, cuestión que no parece preocuparle a ningún partido. El sistema electoral es mejorable desde el punto de vista de la representatividad, pero ese posible cambio debe ir acompañado de una elevación del nivel de cultura política, porque "nuestro problema es un problema de instrucción y de cultura; necesitamos ser no una nación de sabios, sino una nación que se ilustre y se fortalezca..., (que) no entreteja su conversación con blasfemias y obscenidades, no cubra de repugnantes inscripciones y dibujos las paredes, no derroche el valor en brutales pendencias, conozca y ejercite sus derechos, trabaje duro, resista a la injusticia, respete la libertad y la opinión ajena". El párrafo es más largo, pero hoy se podría suscribir. Pertenece a D Emilia Pardo Bazán, en su contestación al Informe pedido por el Ateneo de Madrid a un conjunto de personalidades en 1902, ante la Memoria elaborada por Joaquín Costa sobre oligarquía y caciquismo.

* Historiador