Las víctimas ya no tendrán que demostrar si se resistieron, será al revés. La clave estará en si hubo consentimiento, que tiene que ser expresado claro y libremente durante toda la relación. Porque se dan dado muchos casos en que las mujeres no pudieron decir no por sumisión química, embriaguez o simplemente terror. Consentimiento de palabra o que se deduce de los hechos. Desaparece la figura del abuso sexual; todo acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin consentimiento será agresión, condenado a entre 1 a 4 años de prisión, de 7 a 15 si se comete en grupo. La norma convierte en delito leve el acoso callejero. La víctima tiene que sentirse ofendida y solo se perseguirá si hay denuncia de la persona agraviada.