El próximo viernes 29 de septiembre es el día definitivo: después de seis meses desde que se publicó la ley de Bienestar Animal en el Boletín Oficial del Estado, entrará en vigor la nueva norma que impone nuevos modelos de comportamiento a los ciudadanos que tienen mascotas además de introducir varias novedades en la regulación de la compra venta de animales domésticos.
Una de las primeras medidas que entran en vigor el próximo 29 de septiembre con la ley de Bienestar Animal es la prohibición de venta y exhibición de perros gatos y hurones en tiendas de mascotas. A partir de entonces, estas especies solo se podrán comercializar a través de los profesionales que estén inscritos en el Registro Oficial de Criadores de Animales de Compañía y que trabajen en centros dedicados específicamente a esta labor.
Otra de las iniciativas más comentadas ha sido la de extinguir el término "perros de raza peligrosa" y establecer un seguro de responsabilidad civil por daños a tercero que deberán contratar todos los propietarios y que también tendrá que incluir también a los propios dueños de la mascota.
Curso obligatorio para propietarios de perros
Entre las medidas que entran en vigor el próximo 29 de septiembre está la obligatoriedad de realizar un curso formativo por parte de los propietarios de perros como parte de las condiciones de tenencia de los animales de compañía.
Según el artículo 30 de la ley de Bienestar Animal, una vez realizado la validez del curso será indefinida. Además, la formación deberá ser gratuita y el contenido estará predeterminado por la Administración.
En una conversación con el diario El País, el experto en adiestramiento y vocal de la Real Sociedad Canina (organismo en el que se basa el test de sociabilidad para perros que prepara la Dirección General de Derechos de los Animales y un comité de expertos) explicaba que esta prueba "tiene tres partes, un test de conocimientos para los tutores de los perros, una prueba de manejo del animal en una pista cerrada, y otra de cómo se desarrolla el can en un entorno urbano".
Otra de las especificaciones de la ley son las multas que se imponen a los ciudadanos según la infracción que cometen. En función de esta clasificación, no tener en regla el curso obligatorio para propietarios de perros supondría una infracción leve: es decir, aquella conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve inobservancia de prohibiciones, cuidado y obligaciones establecidas legalmente.
Las multas por infracciones leves como no obtener el curso obligatorio para propietarios de perros irán de los 500 a los 10.000 euros de sanción.