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Si tiraste comida por el apagón, buenas noticias: el seguro te paga hasta esta cantidad

Esto es lo que hay que hacer según indica FACUA

Comida interior frigorífico

Comida interior frigorífico

El inquietante corte de luz que dejaba sin electricidad a la mayor parte de los españoles y portugueses este lunes 28 de abril no solo colapsaba trenes, cancelaba vuelos y dejaba ciudades enteras a oscuras: también ha supuesto pérdidas económicas en miles de hogares. Y no hablamos solo de electrodomésticos averiados. En muchas casas, los frigoríficos y congeladores dejaron de funcionar durante horas, provocando que buena parte de la comida almacenada se echara a perder.

Carne, pescado, lácteos, huevos, sobras del fin de semana... todo lo que no se pudo conservar por debajo de los cinco grados centígrados (temperatura crítica para evitar la proliferación de bacterias) ha terminado en la basura. Según la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, si el corte supera las cuatro horas, los alimentos perecederos deben descartarse por motivos de salud. Y eso ha sido exactamente el caso para millones de personas.

Pero aquí viene la buena noticia: el seguro de hogar puede cubrir esas pérdidas, y no hace falta que tengas los tiques de compra. Así lo ha recordado Facua-Consumidores en Acción, que ha instado a los afectados a revisar las condiciones de su póliza, ya que muchas incluyen coberturas específicas para este tipo de situaciones. Es decir, la aseguradora está obligada a abonar el valor de los alimentos deteriorados, siempre que el corte de suministro supere un número mínimo de horas y se haya producido por una causa ajena al usuario.

Eso sí hay que tener en cuenta que “posiblemente se indique un límite en el importe a indemnizar fijado en un porcentaje de la cuantía del contenido de la vivienda asegurado”, por lo que no todo el valor perdido será necesariamente reembolsado.

Facua recomienda contactar cuanto antes con la aseguradora para abrir parte. Una vez hecho esto, hay que enviar por correo electrónico fotografías de los alimentos en mal estado junto con una relación detallada y su valor aproximado. No es obligatorio conservar los recibos de compra, un alivio para quienes ya los tiraron.

Además la asociación advierte de un punto clave: si la aseguradora rechaza la reclamación alegando que existen cláusulas excluyentes en el contrato, éstas deben haber sido firmadas expresamente por el usuario para que sean válidas. Si no se han firmado como cláusulas limitativas de responsabilidad, no pueden aplicarse.

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