La Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto a dos acusados de violar a una joven de 19 años en una vivienda de Alicante al estimar que no se ha probado que fueran "inconsentidas" las relaciones sexuales que mantuvieron los procesados con la denunciante. La sentencia, que puede ser recurrida, libra a los procesados de una posible pena de 12 años y seis meses de prisión que solicitaron en el juicio tanto la Fiscalía como la acusación particular.

Los hechos declarados probados en la sentencia ocurrieron la madrugada del 28 de diciembre de 2019. Una joven de 19 años estaba a las cuatro de la madrugada con unas amigas en una discoteca de la calle Gerona de Alicante y allí se encontraba uno de los acusados, de 20 años, al que conocía desde hacía unas semanas por haber mantenido una "relación esporádica con contenido sexual", según el fallo de la Sección Décima de la Audiencia.

Al salir de la discoteca, la denunciante estaba con dicho joven y con el otro procesado. Los tres se marcharon de la discoteca y subieron al domicilio de uno de los acusados, donde ambos mantuvieron relaciones sexuales con penetración con la joven, "sin que conste que las mismas fueran inconsentidas, ni que se utilizara violencia para vencer la resistencia de ella", que no consta que existiera, a juicio de la Audiencia de Alicante.

El tribunal de la Sección Décima señala en los fundamentos jurídicos de la sentencia que la declaración de los acusados es "plenamente coincidente". Ambos negaron el uso de violencia alguna y admitieron que las relaciones sexuales existieron, pero que fueron "absolutamente consentidas y con una participación activa y voluntaria de la denunciante". Asimismo, indicaron que las relaciones se interrumpieron cuando la joven se dio cuenta de que uno de los procesados estaba utilizando el teléfono móvil, por lo que pensó que le estaban grabando, se vistió y se marchó el domicilio "sin impedimento de los acusados".

Por otro lado, recoge el fallo la descripción de la presunta violación denunciada por la joven y el tribunal destaca la dificultad de que ocurriera tal como declaró la mujer. La Audiencia señala además algunas contradicciones en la joven, quien el día de los hechos señaló al forense que no sabía si eyacularon los acusados y en el juicio dijo que sí. Para el tribunal también resulta llamativa la ausencia de signos de violencia en los informes médicos y destaca que «no se aprecia una espontaneidad en relatar desde el inicio un relato de agresión sexual violenta».

La sentencia hace referencia además a la declaración del compañero de piso de uno de los acusados, que señaló que la joven no se marchó corriendo y que se despidió de una manera normal, sin que apreciara nada extraño.

La Audiencia no descarta que la joven presentara la denuncia con la intención de evitar la difusión de una supuesta grabación de las relaciones mantenidas. Esta la descartó la Policía al revisar el teléfono móvil de uno de los acusados, el cual admitió que usó el teléfono pero para enviar un mensaje a una amiga y así lo corroboraron los agentes. Sin embargo, la joven creyó que estaba siendo grabada y dicha preocupación "se manifiesta desde la primera exploración médica y se reitera a lo largo de la causa", precisa la sentencia.

Para el tribunal, existe una "duda razonable" sobre los hechos denunciados que debe resolverse a favor de los acusados, de ahí que haya acordado la absolución de los dos procesados al no estar acreditada la acusación.